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Según lo previsto en el Reglamento Interno del CNO se publica la Circular 62 del 12 de enero de 2020, dirigida a los agentes generadores, transmisores y distribuidores, que tiene como objetivo divulgar el plazo para que las empresas soliciten ser invitadas a las reuniones de los Comités y Subcomités del CNO.
El Premio FISE a la Innovación tiene abierta la convocatoria para su 3ra edición, que se premiará en la Feria FISE en noviembre de 2021. Conoce los términos y condiciones de participación en https://fise.co/conoce-fise-start/premio-fise-a-la-innovacion/
Consulte el video explicativo de cómo participar en el premio en el siguiente link: https://www.youtube.com/watch?v=aXP5xVkc2zs&t=1s
De acuerdo con lo previsto en la Resolución CREG 209 de 2020, que modificó la Resolución CREG 026 de 2014 (Estatuto para SItuaciones de Riesgo de Desabastecimeinto), el CND calculó la senda de referencia del embalse agregado del SIN, a partir de los supuestos de la CREG. Se publica la senda de referencia y el documento soporte.
Se publican los requisitos que se deben cumplir para postularse como miembro por elección del Consejo Nacional de Operación en el año 2021, que representen las actividades degeneración, transmisión y distribucón.
Se publican las presentaciones de las JORNADAS DE SUPERVISION Y CIBERSEGURIDAD - Segunda de Supervisión y Sexta de Ciberseguridad - que se desarrollaron de forma virtual los días 22, 23, 24 de septiembre de 2020.
En este espacio se publican las presentaciones del Taller Virtual de Demandas Operativas SIN – CNO llevado a cabo el 26 de junio de 2020.
A las reuniones de los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo podrán asistir los representantes de las empresas que desarrollen las actividades de generación, transmisión o distribución y que estén registradas como agentes del mercado ante el ASIC, quienes podrán asistir con voz pero sin voto, bajo los siguientes parámetros:
• Hasta el 31 de enero de 2020, el Representante Legal de las empresas de generación, transmisión o distribución registradas ante el ASIC como agentes del mercado, que deseen ser invitadas a las reuniones de los Comités, Subcomités y de las Comisiones Temporales de Trabajo deben enviar una comunicación al Secretario Técnico del CNO indicando a qué áreas de trabajo solicitan ser invitados y los nombres de sus representantes.
• El Secretario Técnico informará a los integrantes de los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo cuantas y cuales empresas han solicitado ser invitadas.
Parágrafo 1: En todo caso, las solicitudes de invitación se entenderán aprobadas por el año calendario en el que se haga la solicitud. Al inicio de cada año calendario, las empresas de generación, transmisión o distribución registradas como agentes del mercado ante el ASIC y que deseen ser invitadas, deberán hacer una nueva solicitud.
Parágrafo 2: En cualquier momento del año, el representante legal de las empresas de generación, transmisión o distribución registradas como agentes del mercado ante el ASIC, podrán solicitar ser invitadas a los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo.
Parágrafo 3: En todo caso, las empresas de generación, transmisión o distribución registradas como agentes del mercado ante el ASIC y que asistan como invitadas a las reuniones de los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo, deben dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto 2238 de 2009.
Según lo previsto en el Acuerdo 1179 de 2019, estas son las reglas que se deben cumplir para que una empresa sea invitada a las reuniones del CNO en el año 2020:
A las reuniones del Consejo podrán asistir los representantes de 4 empresas que desarrollen las actividades de generación, transmisión o distribución y que estén registradas como agentes del mercado ante el ASIC, quienes podrán asistir con voz pero sin voto, bajo los siguientes parámetros:
• Hasta el 31 de enero de 2019, el Representante Legal de las empresas de generación, transmisión o distribución registradas ante el ASIC como agentes del mercado, que deseen ser invitadas a las reuniones del Consejo Nacional de Operación, deben enviar una comunicación al Secretario Técnico del CNO solicitándolo.
• En la reunión del CNO del mes de febrero de cada año, el Secretario Técnico del CNO informará a los miembros del CNO cuántas y cuales empresas solicitaron ser invitadas.
• El CNO decidirá a qué empresas acepta invitar a sus reuniones, lo cual será informado por el Secretario Técnico a los representantes legales de las empresas solicitantes.
Parágrafo 1: En todo caso, las solicitudes de invitación se entenderán aprobadas por el año calendario en el que se haga la solicitud. Al inicio de cada año calendario, las empresas de generación, transmisión o distribución registradas como agentes del mercado ante el ASIC y que deseen ser invitadas, deberán hacer una nueva solicitud.
Parágrafo 2: En cualquier momento del año, el representante legal de las empresas de generación, transmisión o distribución registradas como agentes del mercado ante el ASIC, podrán solicitar ser invitadas al CNO, si no se ha completado el cupo de las 4 empresas invitadas.
Parágrafo 3: En todo caso, las empresas de generación, transmisión o distribución registradas como agentes del mercado ante el ASIC y que asistan como invitadas a las reuniones del Consejo deben dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto 2238 de 2009.
Está abierta la convocatoria para integrar la lista de auditores de las pruebas de la curva de carga de las plantas eólicas y solares conectadas al STN Y STR. Los requisitos se encuentran en el menú Convocatorias.