Acuerdo 1308 Por el cual se aprueba la actualización de series hidrológicas del Sistema Eléctrico colombiano del año 2019 | ||
Acuerdo Número:
1308 |
Fecha de expedición:
7 Mayo, 2020 |
Fecha de entrada en vigencia:
7 Mayo, 2020 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 591 del 7 de mayo de 2020 y, |
Que mediante el Acuerdo 917 de 2016 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que el numeral 5.3 del Acuerdo 917 de 2016 prevé el procedimiento de actualización anual de la Información Hidrológica Inicial e Histórica.
Que en cumplimiento del Acuerdo 917 de 2016, las empresas EPM, ISAGEN, CHIVOR, EPSA, CHEC, URRÁ, EMGESA, HIDRALPOR y La Cascada, entregaron al CNO, al Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) y al CND, la información de caudales medios mensuales del año 2019, correspondiente a las siguientes series: Concepción, Grande2, Guatapé, Nare, Tenche, Porce2CP, Porce3, San Carlos, San Lorenzo, Miel1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Cucuana, San Marcos, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, El Quimbo, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo, Escuela de Minas y San Miguel.
Que mediante los Acuerdos 1296 y 1297 del 2 de abril de 2020 se aprobó la ampliación del plazo para el envío de la información de las series Cauca (cp) y Guadalupe y las asociadas al Río Bogotá del año 2019, hasta el 31 de mayo y el 30 de junio de 2020 respectivamente.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) en la reunión 391 del 16 de abril de 2020 conceptuó que las empresas mencionadas en el considerando segundo cumplieron satisfactoriamente con el procedimiento de actualización de información hidrológica establecido por el CNO mediante Acuerdo 917 de 2016 y que las empresas declararon que los procedimientos y métodos de medición y cálculo no habían sufrido modificación alguna desde la última presentación al Subcomité.
Que EPM presentó al SURER las metodologías alternas para el cálculo de las series Guadalupe e Ituango, las cuales fueron aprobadas en las reuniones 391 y 393 de abril 16 y 23 de 2020.
Que el Comité de Operación en la reunión 342 del 30 de abril de 2020 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 917 de 2016 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que el numeral 5.3 del Acuerdo 917 de 2016 prevé el procedimiento de actualización anual de la Información Hidrológica Inicial e Histórica.
Que en cumplimiento del Acuerdo 917 de 2016, las empresas EPM, ISAGEN, CHIVOR, EPSA, CHEC, URRÁ, EMGESA, HIDRALPOR y La Cascada, entregaron al CNO, al Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) y al CND, la información de caudales medios mensuales del año 2019, correspondiente a las siguientes series: Concepción, Grande2, Guatapé, Nare, Tenche, Porce2CP, Porce3, San Carlos, San Lorenzo, Miel1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Cucuana, San Marcos, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, El Quimbo, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo, Escuela de Minas y San Miguel.
Que mediante los Acuerdos 1296 y 1297 del 2 de abril de 2020 se aprobó la ampliación del plazo para el envío de la información de las series Cauca (cp) y Guadalupe y las asociadas al Río Bogotá del año 2019, hasta el 31 de mayo y el 30 de junio de 2020 respectivamente.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) en la reunión 391 del 16 de abril de 2020 conceptuó que las empresas mencionadas en el considerando segundo cumplieron satisfactoriamente con el procedimiento de actualización de información hidrológica establecido por el CNO mediante Acuerdo 917 de 2016 y que las empresas declararon que los procedimientos y métodos de medición y cálculo no habían sufrido modificación alguna desde la última presentación al Subcomité.
Que EPM presentó al SURER las metodologías alternas para el cálculo de las series Guadalupe e Ituango, las cuales fueron aprobadas en las reuniones 391 y 393 de abril 16 y 23 de 2020.
Que el Comité de Operación en la reunión 342 del 30 de abril de 2020 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la actualización del año 2019 de las series hidrológicas de Concepción, Grande2, Guadalupe, Guatapé, Nare, Tenche, Porce2CP, Porce3, Ituango, San Carlos, San Lorenzo, Miel1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Cucuana, San Marcos, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, El Quimbo, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo, Escuela de Minas y San Miguel. Esta información se encuentra en el anexo que hace parte integral de este Acuerdo.
Las actualizaciones de que trata el presente Acuerdo, adicionan y complementan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas en conjunto como las series hidrológicas históricas a ser utilizadas en el planeamiento energético indicativo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la actualización del año 2019 de las series hidrológicas de Concepción, Grande2, Guadalupe, Guatapé, Nare, Tenche, Porce2CP, Porce3, Ituango, San Carlos, San Lorenzo, Miel1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Cucuana, San Marcos, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, El Quimbo, Betania CP, Carlos Lleras Restrepo, Escuela de Minas y San Miguel. Esta información se encuentra en el anexo que hace parte integral de este Acuerdo.
Las actualizaciones de que trata el presente Acuerdo, adicionan y complementan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas en conjunto como las series hidrológicas históricas a ser utilizadas en el planeamiento energético indicativo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.