Acuerdo 1630 Por el cual se aprueban las series hidrológicas del embalse Guavio | ||
Acuerdo Número:
1630 |
Fecha de expedición:
3 Noviembre, 2022 |
Fecha de entrada en vigencia:
3 Noviembre, 2022 |
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 681 del 3 de noviembre de 2022 y, |
Que mediante el Acuerdo 1420 del 4 de marzo de 2021 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN.
Que en el numeral 5.2.2 del Acuerdo 1420 del 4 de marzo de 2021 se prevé que:
"El agente que solicite la modificación de la información hidrológica inicial o histórica debe presentar la modificación en la reunión del SURER y entregar el documento soporte de la solicitud y el borrador del acuerdo por el cual se apruebe la modificación de la información hidrológica inicial o histórica.
Si el SURER está de acuerdo con la justificación de la solicitud de modificación de la información hidrológica inicial o histórica, dejará constancia en el acta de reunión y dará su concepto técnico favorable a la expedición del acuerdo por el cual se aprueba la modificación de la información hidrológica inicial o histórica y lo remitirá al CO. El CO revisará el acuerdo y dará su recomendación al CNO de expedición del acuerdo correspondiente." (...)
Que en la reunión 645 del CNO del 07 de octubre de 2021 se acogió de manera mayoritaria la recomendación del Comité de Operación de solicitar a EMGESA S.A. E.S.P, ahora ENEL Colombia S.A. E.S.P, la presentación de un plan de trabajo para la realización del cambio de la topología y la desagregación de las series afluentes al sistema Guavio, con seguimiento por parte del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables –SURER.
Que en la reunión del SURER 447 del 11 de noviembre de 2021, el SURER definió el plazo para que ENEL realizara dicha actividad y el plan de seguimiento al desarrollo de las actividades por parte del SURER.
Que en la reunión ordinaria del SURER 475 del 8 de septiembre de 2022 ENEL presentó el resultado final del proceso de desagregación de las series históricas de caudales del sistema Guavio, y en la reunión extraordinaria 476 del SURER del 15 de septiembre de 2022, el SURER emitió concepto aprobatorio para la modificación de las series históricas y las metodologíase cálculo de las series desagregadas.
Que en la reunión del Comité de Operación 392 del 5 de octubre de 2022 se informó a ENEL que el cambio del parámetro topología debía surtir el procedimiento del Acuerdo CNO 1585 y dado que la modificaicón de las series hidrológicas son una consecuencia de la modificación de la topología debía aprobarse inicialmente la modificación de ese parámetro.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1612 de 2022, ENEL COLOMBIA S.A E.S.P solicitó al CND mediante comunicación con el número 202244023126-3 del 6 de octubre de 2022 la modificación de la topología del embalse Guavio.
Que XM mediante la comunicación 202244028513-1 del 12 de octubre de 2022 dio concepto favorable a la solicitud de cambio de parámetros realizada, teniendo en cuenta que la nueva topología propuesta para el embalse asociado al sistema Guavio permite tener una mejor representación de la realidad operativa de la central y embalse, toda vez que, al tener la serie de caudales desagregada, es posible modelar con mayor precisión las condiciones de indisponibilidad que se puedan presentan en los túneles de desviación de los ríos Chivor y Batatas que puedan afectar la serie agregada del sistema Guavio, y la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el SURER en la reunión 479 del 13 de octubre de 2022 dio concepto favorable a la modificación de la topología del embalse Guavio.
Que el Comité de Operación en la reunión 394 del 2 de noviembre de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 1420 del 4 de marzo de 2021 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN.
Que en el numeral 5.2.2 del Acuerdo 1420 del 4 de marzo de 2021 se prevé que:
"El agente que solicite la modificación de la información hidrológica inicial o histórica debe presentar la modificación en la reunión del SURER y entregar el documento soporte de la solicitud y el borrador del acuerdo por el cual se apruebe la modificación de la información hidrológica inicial o histórica.
Si el SURER está de acuerdo con la justificación de la solicitud de modificación de la información hidrológica inicial o histórica, dejará constancia en el acta de reunión y dará su concepto técnico favorable a la expedición del acuerdo por el cual se aprueba la modificación de la información hidrológica inicial o histórica y lo remitirá al CO. El CO revisará el acuerdo y dará su recomendación al CNO de expedición del acuerdo correspondiente." (...)
Que en la reunión 645 del CNO del 07 de octubre de 2021 se acogió de manera mayoritaria la recomendación del Comité de Operación de solicitar a EMGESA S.A. E.S.P, ahora ENEL Colombia S.A. E.S.P, la presentación de un plan de trabajo para la realización del cambio de la topología y la desagregación de las series afluentes al sistema Guavio, con seguimiento por parte del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables –SURER.
Que en la reunión del SURER 447 del 11 de noviembre de 2021, el SURER definió el plazo para que ENEL realizara dicha actividad y el plan de seguimiento al desarrollo de las actividades por parte del SURER.
Que en la reunión ordinaria del SURER 475 del 8 de septiembre de 2022 ENEL presentó el resultado final del proceso de desagregación de las series históricas de caudales del sistema Guavio, y en la reunión extraordinaria 476 del SURER del 15 de septiembre de 2022, el SURER emitió concepto aprobatorio para la modificación de las series históricas y las metodologíase cálculo de las series desagregadas.
Que en la reunión del Comité de Operación 392 del 5 de octubre de 2022 se informó a ENEL que el cambio del parámetro topología debía surtir el procedimiento del Acuerdo CNO 1585 y dado que la modificaicón de las series hidrológicas son una consecuencia de la modificación de la topología debía aprobarse inicialmente la modificación de ese parámetro.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1612 de 2022, ENEL COLOMBIA S.A E.S.P solicitó al CND mediante comunicación con el número 202244023126-3 del 6 de octubre de 2022 la modificación de la topología del embalse Guavio.
Que XM mediante la comunicación 202244028513-1 del 12 de octubre de 2022 dio concepto favorable a la solicitud de cambio de parámetros realizada, teniendo en cuenta que la nueva topología propuesta para el embalse asociado al sistema Guavio permite tener una mejor representación de la realidad operativa de la central y embalse, toda vez que, al tener la serie de caudales desagregada, es posible modelar con mayor precisión las condiciones de indisponibilidad que se puedan presentan en los túneles de desviación de los ríos Chivor y Batatas que puedan afectar la serie agregada del sistema Guavio, y la misma cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el SURER en la reunión 479 del 13 de octubre de 2022 dio concepto favorable a la modificación de la topología del embalse Guavio.
Que el Comité de Operación en la reunión 394 del 2 de noviembre de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar las series hidrológicas de los ríos Guavio, Chivor y Batatas, afluentes al sistema Guavio, como se presentan en el Anexo del presente Acuerdo, el cual hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar las series hidrológicas de los ríos Guavio, Chivor y Batatas, afluentes al sistema Guavio, como se presentan en el Anexo del presente Acuerdo, el cual hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.