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1. ANTECEDENTES

 

- En el artículo 28 de la Resolución CREG 038 de 2014 “Por la cual se modifica el Código de Medida contenido en el Anexo general del Código de Redes” se prevé que “Los transformadores de tensión y de corriente deben ser sometidos a pruebas de rutina de acuerdo con el procedimiento y frecuencia que para tal fin establezca el Consejo Nacional de Operación.”

 

- Según lo establecido en el numeral 2 del artículo 10 de la Resolución CREG 038 de 2014, modificado por el artículo 1 de la Resolución CREG 047 de 2016 y por el artículo 1 de la Resolución CREG 058 de 2016: “Para el caso de los elementos d) y e) del mismo anexo, la realización de las pruebas señaladas en el artículo 28 de esta resolución en un plazo no mayor a los 42 meses siguientes a la entrada en vigencia de esta resolución.”

 

- En el artículo 2 de la Resolución CREG 058 de 2016 que modifica el parágrafo adicionado por el artículo 2 de la Resolución CREG 047 de 2016 al artículo 10 de la Resolución CREG 038 de 2014 se prevé lo siguiente:

 

Parágrafo 3. Para los elementos indicados en el numeral 2 del presente artículo, el representante de la frontera debe elaborar un plan de pruebas de estos elementos e informarlo al Consejo Nacional de Operación, CNO, al Comité Asesor de Comercialización, CAC, y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, SSPD, dentro de los 25 meses siguientes a la entrada en vigencia de esta resolución.

 

El plan deberá clasificar los transformadores considerando su nivel de tensión y características técnicas y establecer metas trimestrales de ejecución de las pruebas. En caso de que el CND establezca, como resultado de la coordinación de la ejecución de mantenimientos, un plazo diferente al establecido en el plan de pruebas, el representante de la frontera deberá cumplirlo.

 

El CNO y el CAC deben realizar un análisis semestral y un balance final de la ejecución de los planes, los cuales deberán informarse a la CREG y a la SSPD para lo de su competencia.

 

2. VENCIMIENTO DE PLAZOS

 

El 28 de febrero de 2017 venció el 3 trimestre del plan de pruebas de rutina y el 31 de mayo de 2017 vence el 4 trimestre.

 

El 31 de mayo de 2017 se cerrará el aplicativo WEB CNO CAC para cumplir con la generación del segundo reporte de ejecución del plan de pruebas de rutina de los transformadores de medición con destino a la CREG y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

 

De acuerdo con lo previsto en la Circular 14 del 2 de diciembre de 2016, el plazo para el ingreso de los resultados de las pruebas de rutina de los trimestres 1 y 2  vence el 30 de mayo de 2017.

 

El plazo regulatorio para la ejecución del plan de pruebas de rutina vence el 14 de noviembre de 2017.

 

 

APLICATIVO WEB CNO CAC

 

Les recordamos que el aplicativo WEB CNO CAC tiene las funcionalidades necesarias para el cargue de la ejecución de las pruebas de rutina y de los resultados.

 

La guía de usuario ha sido actualizada con las nuevas funcionalidades implementadas y la encontrarán al ingresar al aplicativo, en el menú de opciones ¨Guía de Usuario¨ o en el siguiente link: Guia Usuario

 

Cualquier duda o inconveniente que se presente puede escribir al siguiente correo: soporteaplicativo@cno.org.co

 

Los resultados correspondientes a la ejecución de las pruebas de rutina de los transformadores de tensión y de corriente deben ser cargados en la medida que se realizan.

 

Para más información, descargue a continuación los siguientes archivos:

circular_15.pdf