Acuerdo 1440 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2 | ||
Acuerdo Número:
1440 |
Fecha de expedición:
1 Julio, 2021 |
Fecha de entrada en vigencia:
1 Julio, 2021 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 637 del 1 de julio de 2021 y, |
Que mediante el Acuerdo 1330 de 2020 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1330 de 2020 "(...) las pruebas de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta deberán realizarse como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la realización de la última prueba auditada.”
Que los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2 están vigentes hasta el 23 de junio de 2021.
Que TERMOCANDELARIA S.C.A E.S.P. solicitó en la reunion 332 del 16 de junio de 2021 del Subcomité de Plantas la ampliación del plazo hasta el 31 de agosto 2021, para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2, teniendo en cuenta que, no obstante en el cronograma de ejecución de actividades de mantenimiento y pruebas para la unidad TERMOCANDELARIA 2, se tenían previsto realizarse antes del día 23 de junio, las actividades destinadas a realizar el cierre del ciclo de las unidades TERMOCANDELARIA 1 y TERMOCANDELARIA 2 han presentado retraso debido a motivos de orden público que han causado incluso bloqueos en la entrada de la planta, impidiendo adelantar los trabajos establecidos para tal fin.
Que el Subcomité de Plantas en la reunion 332 del 16 de junio de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2, hasta el 31 de agosto de 2021.
Que en la reunión del Comité de Operación 365 del 24 de junio de 2021 se recomendó ampliar el plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2.
Que mediante el Acuerdo 1330 de 2020 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1330 de 2020 "(...) las pruebas de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta deberán realizarse como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la realización de la última prueba auditada.”
Que los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2 están vigentes hasta el 23 de junio de 2021.
Que TERMOCANDELARIA S.C.A E.S.P. solicitó en la reunion 332 del 16 de junio de 2021 del Subcomité de Plantas la ampliación del plazo hasta el 31 de agosto 2021, para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2, teniendo en cuenta que, no obstante en el cronograma de ejecución de actividades de mantenimiento y pruebas para la unidad TERMOCANDELARIA 2, se tenían previsto realizarse antes del día 23 de junio, las actividades destinadas a realizar el cierre del ciclo de las unidades TERMOCANDELARIA 1 y TERMOCANDELARIA 2 han presentado retraso debido a motivos de orden público que han causado incluso bloqueos en la entrada de la planta, impidiendo adelantar los trabajos establecidos para tal fin.
Que el Subcomité de Plantas en la reunion 332 del 16 de junio de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2, hasta el 31 de agosto de 2021.
Que en la reunión del Comité de Operación 365 del 24 de junio de 2021 se recomendó ampliar el plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2.
Aprobar la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2 hasta el 31 de agosto de 2021 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Termocandelaria 2 hasta el 31 de agosto de 2021 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.