Acuerdo 1439 Por el cual se aprueba la ampliación de la vigencia de los resultados de la batimetría del embalse Urrá | ||
Acuerdo Número:
1439 |
Fecha de expedición:
1 Julio, 2021 |
Fecha de entrada en vigencia:
1 Julio, 2021 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 634 del 1 de julio de 2021, y |
Que mediante el Acuerdo 565 de 2012 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses utilizados directa o indirectamente para la generación de energía eléctrica, el cual fue sustituido a partir del 5 de marzo por el Acuerdo 1287.
Que mediante el Acuerdo 970 del 4 de mayo de 2017 se aprobó la actualización de la información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Urrá.
Que teniendo en cuenta que las mediciones batimétricas del embalse Urrá se realizaron bajo la vigencia del Acuerdo 565 de 2012, los resultados tienen una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la finalización de los trabajos de campo, es decir que vencen el 10 de enero de 2022.
Que la empresa Urrá S.A. E.S.P. presentó en la reunión 435 del 10 de junio de 2021 del SURER la solicitud de aplazamiento para la realización de las mediciones de batimetría en el embalse Urrá, por seis (6) meses contados a partir de la fecha de vencimiento de la vigencia de los resultados de la batimetría (10/01/2022), debido a que, a pesar de iniciar en el mes de diciembre de 2020 los trabajos de campo encaminados a actualizar la batimetría del embalse, el día 27 de diciembre de 2020 se presentó un bloqueo de la vía que conduce de Tierralta a la Central Hidroeléctrica Urrá, que no permitió el acceso al embalse, así como tampoco a las instalaciones de la central, el cual se mantuvo hasta el 25 de febrero de 2021, lo cual imposibilitó la continuidad de los trabajos durante ese período. Una vez se tuvieron las condiciones para que los trabajos pudieran ser reiniciados, el nivel del embalse y la situación de bajos aportes no permitieron su reanudación, derivando en la suspensión contractual de los trabajos de campo hasta tanto se cuente con las condiciones técnicas adecuadas para su ejecución, las cuales solo se volverán a alcanzar hacia el mes de noviembre de 2021, último mes de invierno del año hidrológico en la cuenca del río Sinú.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER, en la reunión 435 del 10 de junio de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de aplazamiento de la vigencia de la batimetría del embalse Urrá por 6 meses contados a partir de la fecha de vencimiento de la vigencia de los resultados de la batimetría (10/01/2022).
Que el Comité de Operación en la reunión 365 del 24 de junio de 2021 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 565 de 2012 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses utilizados directa o indirectamente para la generación de energía eléctrica, el cual fue sustituido a partir del 5 de marzo por el Acuerdo 1287.
Que mediante el Acuerdo 970 del 4 de mayo de 2017 se aprobó la actualización de la información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Urrá.
Que teniendo en cuenta que las mediciones batimétricas del embalse Urrá se realizaron bajo la vigencia del Acuerdo 565 de 2012, los resultados tienen una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la finalización de los trabajos de campo, es decir que vencen el 10 de enero de 2022.
Que la empresa Urrá S.A. E.S.P. presentó en la reunión 435 del 10 de junio de 2021 del SURER la solicitud de aplazamiento para la realización de las mediciones de batimetría en el embalse Urrá, por seis (6) meses contados a partir de la fecha de vencimiento de la vigencia de los resultados de la batimetría (10/01/2022), debido a que, a pesar de iniciar en el mes de diciembre de 2020 los trabajos de campo encaminados a actualizar la batimetría del embalse, el día 27 de diciembre de 2020 se presentó un bloqueo de la vía que conduce de Tierralta a la Central Hidroeléctrica Urrá, que no permitió el acceso al embalse, así como tampoco a las instalaciones de la central, el cual se mantuvo hasta el 25 de febrero de 2021, lo cual imposibilitó la continuidad de los trabajos durante ese período. Una vez se tuvieron las condiciones para que los trabajos pudieran ser reiniciados, el nivel del embalse y la situación de bajos aportes no permitieron su reanudación, derivando en la suspensión contractual de los trabajos de campo hasta tanto se cuente con las condiciones técnicas adecuadas para su ejecución, las cuales solo se volverán a alcanzar hacia el mes de noviembre de 2021, último mes de invierno del año hidrológico en la cuenca del río Sinú.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER, en la reunión 435 del 10 de junio de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de aplazamiento de la vigencia de la batimetría del embalse Urrá por 6 meses contados a partir de la fecha de vencimiento de la vigencia de los resultados de la batimetría (10/01/2022).
Que el Comité de Operación en la reunión 365 del 24 de junio de 2021 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de batimetría del embalse Urrá hasta el 10 de julio de 2022 y ampliar la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de batimetría del embalse Urrá hasta el 10 de julio de 2022 y ampliar la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.