Acuerdo 1590 Por el cual se modifica el parámetro de velocidad de toma de carga y descarga de las unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2 | ||
Acuerdo Número:
1590 |
Fecha de expedición:
1 Septiembre, 2022 |
Fecha de entrada en vigencia:
6 Septiembre, 2022 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 675 del 1 de septiembre de 2022 y, |
Que mediante el Acuerdo 1573 del 2 de junio de 2021 se actualizó el procedimiento para determinar la velocidad de toma de carga y descarga de las unidades de generación del SIN y el plan de pruebas para su determinación.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1585 de 2022, ISAGEN S.A E.S.P solicitó al CND mediante comunicaciónes con los números 202244017336-3 y 202244018156-3 del 22 de julio y 3 de agosto de 2022 respectivamente, modificar los parámetros de velocidad de toma de carga y descarga de las unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2, como resultado de la realización de las pruebas de toma de carga, de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1573 de 2022.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 202244024082-1 del 9 de agosto de 2022 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del parámetro técnico velocidad de toma de carga y descarga de unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2, porque considera que cumple con los procedimientos previstos en la reglamentación vigente.
Que en la reunión 247 del 16 de agosto de 2022 del Subcomité de Controles se dio concepto favorable a la solicitud de modificación del parámetro técnico velocidad de toma de carga y descarga de las unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2.
Que el Comité de Operación en la reunión 389 del 25 de agosto de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 1573 del 2 de junio de 2021 se actualizó el procedimiento para determinar la velocidad de toma de carga y descarga de las unidades de generación del SIN y el plan de pruebas para su determinación.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1585 de 2022, ISAGEN S.A E.S.P solicitó al CND mediante comunicaciónes con los números 202244017336-3 y 202244018156-3 del 22 de julio y 3 de agosto de 2022 respectivamente, modificar los parámetros de velocidad de toma de carga y descarga de las unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2, como resultado de la realización de las pruebas de toma de carga, de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1573 de 2022.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 202244024082-1 del 9 de agosto de 2022 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del parámetro técnico velocidad de toma de carga y descarga de unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2, porque considera que cumple con los procedimientos previstos en la reglamentación vigente.
Que en la reunión 247 del 16 de agosto de 2022 del Subcomité de Controles se dio concepto favorable a la solicitud de modificación del parámetro técnico velocidad de toma de carga y descarga de las unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2.
Que el Comité de Operación en la reunión 389 del 25 de agosto de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación de un cambio en los parámetros técnicos velocidad de toma de carga y descarga de las unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2:
Planta | Unidades | Velocidad de toma de carga | Velocidad de toma de descarga | ||
Valor anterior (MW/min) | Valor nuevo (MW/min) | Valor anterior (MW/min) | Valor nuevo (MW/min) | ||
Luzma I | Luzma 1 | 4.58 | 4.56 | 4.65 | 4.85 |
Luzma 2 | 4.97 | 5.03 | 5.20 | 4.87 | |
Luzma II | Luzma 1 | 1.54 | 1.73 | 4.67 | 4.18 |
Luzma 2 | 1.53 | 1.74 | 4.70 | 4.62 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 5 de septiembre de 2022 para la operación del 6 de septiembre de 2022.
Aprobar la incorporación de un cambio en los parámetros técnicos velocidad de toma de carga y descarga de las unidades 1 y 2 de las centrales de generación Luzma 1 y 2:
Planta | Unidades | Velocidad de toma de carga | Velocidad de toma de descarga | ||
Valor anterior (MW/min) | Valor nuevo (MW/min) | Valor anterior (MW/min) | Valor nuevo (MW/min) | ||
Luzma I | Luzma 1 | 4.58 | 4.56 | 4.65 | 4.85 |
Luzma 2 | 4.97 | 5.03 | 5.20 | 4.87 | |
Luzma II | Luzma 1 | 1.54 | 1.73 | 4.67 | 4.18 |
Luzma 2 | 1.53 | 1.74 | 4.70 | 4.62 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 5 de septiembre de 2022 para la operación del 6 de septiembre de 2022.
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