Acuerdo 1664 Por el cual se aprueba la incorporación de un cambio de las configuraciones, tiempos de acoplamiento, intervalos de tiempo y tiempo de calentamiento de la planta TEBSA CC | ||
Acuerdo Número:
1664 |
Fecha de expedición:
17 Febrero, 2023 |
Fecha de entrada en vigencia:
20 Febrero, 2023 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión no presencial No. 693 del 17 de febrero de 2023 y, |
Que mediante la Resolución CREG 101 028 de 2022 se hicieron modificaciones a las Resoluciones CREG 024 y 025 de 1995, y CREG 062 de 2000 y se establecieron otras disposiciones.
Que en el parágrafo 2 del artículo 3.1, modificado por el artículo primero de la Resolución CREG 101 028 de 2022 se prevé lo siguiente:
"El CNO, con base en los modelos presentados por el CND para la representación de los arreglos de unidades de las plantas térmicas de ciclo combinado, la selección de las configuraciones para la operación y de las transiciones entre configuraciones, expedirá un acuerdo para definir los parámetros técnicos a considerar de las configuraciones en el despacho económico y redespacho. El C.N.O. dispondrá de un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario para expedir el acuerdo, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución."
Que en cumplimiento de lo anterior, el CNO expidió el Acuerdo 1636 de 2022, en el que se incluyó la definición de los parámetros técnicos a considerar de las configuraciones en el despacho económico y redespacho, como consecuencia de la Resolución CREG 101 028 de 2022, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1641 de 2022, previa revisión y ajuste de algunas definiciones de los anexos para los activos de transmisión y generación. El Acuerdo 1641 de 2022 fue sustituido por el Acuerdo 1655 del 2022, en el que se incluyó el parámetro Tiempo de Unidades en Línea para Transición (TULT), para el modelamiento de plantas de generación de ciclo combinado..
Que en el artículo 6 de la Resolución CREG 101 028 de 2022 se prevé lo siguiente:
"Artículo 6. Transición. Las modificaciones de las reglas para el tratamiento de las plantas de ciclo combinado en los artículos 1 a 5 de esta resolución, aplicarán en un plazo máximo de cinco meses, siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial. El CND implementará las modificaciones al proceso de despacho de manera que no se afecten los tiempos de publicación de sus resultados."
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1585 de 2022, TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con números de radicado 202344002644-3 y 202344002746-3 del 30 de enero de 2023, modificar parámetros técnicos para la planta de generación TEBSA CC operando con combustible GAS, como consecuencia de la implementación de la resolución CREG 101 028 de 2022.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 2023 44002578-1 del 3 de febrero de 2023 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los parámetros realizada por TEBSA, entendiendo que los mismos en efecto, corresponden a cambios técnicos en las restricciones de la máquina según lo ha declarado TEBSA. No obstante el concepto favorable, dado que el cambio de algunos de estos parámetros afecta la flexibilidad operativa y la economía del SIN en ciertos puntos de operación, recomendamos a TEBSA que en conjunto con el Subcomité de Plantas analicen técnicamente los cambios solicitados y se busquen alternativas tecnológicas, adoptando las mejores prácticas según el estado del arte que existe sobre el tema, que conlleven a tener en el corto o mediano plazo una operación más flexible de la planta, que redunden en un impacto favorable en las tarifas de energía, tal como lo busca el Regulador con la expedición de la Resolución CREG 101 028 de 2022 y considerando que dentro de las funciones del CNO se encuentra la de acordar los aspectos técnicos para garantizar que la operación del Sistema Interconectado Nacional sea segura, confiable y económica.
Que TEBSA manifestó en la reunión 359 del 30 de enero de 2023 del Subcomité de Plantas, que la flexibilidad a la que hace referencia el concepto de XM, debe considerarse como una flexibilidad sistémica que debe ser analizada al interior del CNO, que permita identificar acciones requeridas para mejorar esta cualidad en el SIN. Adicionalmente, considera que, las referencias a los impactos en las tarifas son aspectos comerciales que sobrepasan las funciones otorgadas al CNO. Además, indica que el concepto referente a tarifas no cuenta con simulaciones o modelos de despacho que permitan corroborar la manifestado en su comunicación.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 359 del 30 de enero de 2023, dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los parámetros de Configuraciones, Curva de Acoplamiento Gas -Vapor, Intervalos de tiempo fuera de línea para determinar tipo de arranque y Tiempo de calentamiento de la planta de la planta de generación TEBSA CC en operación con gas
Que el Comité de Operación en la reunión extraordinaria 400 del 17 de febrero de 2023 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante la Resolución CREG 101 028 de 2022 se hicieron modificaciones a las Resoluciones CREG 024 y 025 de 1995, y CREG 062 de 2000 y se establecieron otras disposiciones.
Que en el parágrafo 2 del artículo 3.1, modificado por el artículo primero de la Resolución CREG 101 028 de 2022 se prevé lo siguiente:
"El CNO, con base en los modelos presentados por el CND para la representación de los arreglos de unidades de las plantas térmicas de ciclo combinado, la selección de las configuraciones para la operación y de las transiciones entre configuraciones, expedirá un acuerdo para definir los parámetros técnicos a considerar de las configuraciones en el despacho económico y redespacho. El C.N.O. dispondrá de un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días calendario para expedir el acuerdo, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución."
Que en cumplimiento de lo anterior, el CNO expidió el Acuerdo 1636 de 2022, en el que se incluyó la definición de los parámetros técnicos a considerar de las configuraciones en el despacho económico y redespacho, como consecuencia de la Resolución CREG 101 028 de 2022, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1641 de 2022, previa revisión y ajuste de algunas definiciones de los anexos para los activos de transmisión y generación. El Acuerdo 1641 de 2022 fue sustituido por el Acuerdo 1655 del 2022, en el que se incluyó el parámetro Tiempo de Unidades en Línea para Transición (TULT), para el modelamiento de plantas de generación de ciclo combinado..
Que en el artículo 6 de la Resolución CREG 101 028 de 2022 se prevé lo siguiente:
"Artículo 6. Transición. Las modificaciones de las reglas para el tratamiento de las plantas de ciclo combinado en los artículos 1 a 5 de esta resolución, aplicarán en un plazo máximo de cinco meses, siguiente a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial. El CND implementará las modificaciones al proceso de despacho de manera que no se afecten los tiempos de publicación de sus resultados."
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1585 de 2022, TERMOBARRANQUILLA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con números de radicado 202344002644-3 y 202344002746-3 del 30 de enero de 2023, modificar parámetros técnicos para la planta de generación TEBSA CC operando con combustible GAS, como consecuencia de la implementación de la resolución CREG 101 028 de 2022.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 2023 44002578-1 del 3 de febrero de 2023 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los parámetros realizada por TEBSA, entendiendo que los mismos en efecto, corresponden a cambios técnicos en las restricciones de la máquina según lo ha declarado TEBSA. No obstante el concepto favorable, dado que el cambio de algunos de estos parámetros afecta la flexibilidad operativa y la economía del SIN en ciertos puntos de operación, recomendamos a TEBSA que en conjunto con el Subcomité de Plantas analicen técnicamente los cambios solicitados y se busquen alternativas tecnológicas, adoptando las mejores prácticas según el estado del arte que existe sobre el tema, que conlleven a tener en el corto o mediano plazo una operación más flexible de la planta, que redunden en un impacto favorable en las tarifas de energía, tal como lo busca el Regulador con la expedición de la Resolución CREG 101 028 de 2022 y considerando que dentro de las funciones del CNO se encuentra la de acordar los aspectos técnicos para garantizar que la operación del Sistema Interconectado Nacional sea segura, confiable y económica.
Que TEBSA manifestó en la reunión 359 del 30 de enero de 2023 del Subcomité de Plantas, que la flexibilidad a la que hace referencia el concepto de XM, debe considerarse como una flexibilidad sistémica que debe ser analizada al interior del CNO, que permita identificar acciones requeridas para mejorar esta cualidad en el SIN. Adicionalmente, considera que, las referencias a los impactos en las tarifas son aspectos comerciales que sobrepasan las funciones otorgadas al CNO. Además, indica que el concepto referente a tarifas no cuenta con simulaciones o modelos de despacho que permitan corroborar la manifestado en su comunicación.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 359 del 30 de enero de 2023, dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los parámetros de Configuraciones, Curva de Acoplamiento Gas -Vapor, Intervalos de tiempo fuera de línea para determinar tipo de arranque y Tiempo de calentamiento de la planta de la planta de generación TEBSA CC en operación con gas
Que el Comité de Operación en la reunión extraordinaria 400 del 17 de febrero de 2023 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación de un cambio en los siguientes parámetros de la planta de generación TEBSA CC en operación con gas, como se presenta en el Anexo del presente Acuerdo, que hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir del despacho económico realizado el 19 de febrero de 2023 para el día de operación del 20 de febrero de 2023 y una vez terminado el periodo de transición establecido en la Resolución CREG 101 028 de 2022 o aquellas normas que la modifiquen o sustituyan.
Aprobar la incorporación de un cambio en los siguientes parámetros de la planta de generación TEBSA CC en operación con gas, como se presenta en el Anexo del presente Acuerdo, que hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir del despacho económico realizado el 19 de febrero de 2023 para el día de operación del 20 de febrero de 2023 y una vez terminado el periodo de transición establecido en la Resolución CREG 101 028 de 2022 o aquellas normas que la modifiquen o sustituyan.