Circular 19

La Resolución CREG 243 de 2016 "Por la cual se define la metodología para determinar la energía firme para el Cargo por Confiabilidad, ENFICC, de plantas solares fotovoltaicas" prevé una serie de tareas regulatorias que deben ser cumplidas por el Consejo Nacional de Operación.

En el numeral 3 del artículo 4 de la resolución en mención se prevé que "Para el caso de la serie histórica de irradiación solar horizontal y temperatura ambiente, el Consejo Nacional de Operación, CNO, diseñará un protocolo para su verificación y medición" (...).

El desarrollo de las tareas regulatorias de la Resolución CREG 243 de 2016 fueron contratadas con la Universidad de los Andes a través del Convenio Marco de Cooperación cuyo objeto es aunar esfuerzos para adelantar acciones conjuntas en temas de interés recíproco para cada una de las partes en las áreas de docencia, investigación, extensión, consultorías y en todas las demás formas de acción que pueden ser de mutuo interés con miras al logro de sus fines.

Dando cumplimiento a los principios de transparencia, eficiencia e imparcialidad que rigen las actuaciones del CNO, de manera atenta damos a conocer la propuesta de protocolo para la revisión y análisis de series históricas para cálculo de ENFICC en plantas solares fotovoltaicas, con el propósito de recibir comentarios de todos los interesados hasta el martes 17 de octubre de 2017 . Los comentarios deben ser enviados al siguiente correo electrónico: sbeltran@cno.org.co. El asunto del correo debe ser: Comentarios al protocolo.

Se adjunta archivo del protocolo.

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