PUNTO #1: ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE RESTRICCIONES DE LOS EMBALSES 22/05/2024 - 11:42

Punto de la agenda
PUNTO #1: ACTUALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE RESTRICCIONES DE LOS EMBALSES
Plan operativo
NO
Acción
Informativo
Objetivo

Actualizar la información correspondiente a las restricciones operativas de los embalses del SIN.

Presentación
NO
Inclusión plan operativo
NO
Desarrollo

 

El secretario técnico del CNO indicó que, dada la condición del sistema ante el fenómeno de El Niño, se han venido realizando sesiones extraordinarias del CACSSE y del CNO de manera semanal para realizar seguimiento a las condiciones del sistema. Señaló que en la última sesión del CNO, XM resaltó la importancia de contar con la información actualizada de las restricciones operativas de los embalses que deban ser consideradas en el planeamiento operativo energético, dada la operación de los embalses en niveles bajos. Por lo anterior, desde el CNO se solicitó al SURER realizar un levantamiento de las restricciones existentes y la actualización de la información que se tiene en los casos en los que sea necesario.

 

En cumplimiento de la solicitud, el SURER construyó una tabla, indicando las restricciones vigentes y las restricciones nuevas para cada embalse. Si bien las restricciones vigentes ya se tienen modeladas, se indicó que es importante considerarlas en la tabla con el fin de que sean resueltas las inquietudes del CND respecto a estas restricciones y de igual manera, que la información pueda ser consultada posteriormente por medio del acta. Con respecto a las restricciones nuevas que puedan existir, es importante identificarlas para considerarlas dentro del planeamiento energético.

 

Durante la reunión, se diligenció la información de los embalses de las empresas AES, ISAGEN, CELSIA y URRÁ. Adicionalmente, se definió que se compartirá el documento construido con todos los miembros del SURER, con el fin de que sea completada la información por parte de las empresas faltantes, y revisada la información que ya fue consignada. La información deberá ser diligenciada hasta el mediodía del 9 de abril de 2024.

 

En general, se identificó que no se cuentan con nuevas restricciones operativas de los embalses, que deban ser consideradas en el planeamiento operativo energético. Con respecto a la información diligenciada, se mencionó lo siguiente:

 

  •       ISAGEN señaló que ninguno de sus embalses tiene restricciones, sin embargo, señala que por la operación en niveles bajos y el tipo de máquina, se presenta un derrateo. Respecto a los embalses de ISAGEN, XM indicó que se tiene la información que cuando el volumen útil es cero, es necesario sacar la planta de operación para garantizar el cumplimiento del caudal ecológico. Por lo anterior, preguntó si esta condición se mantiene, a lo que ISAGEN responde afirmativamente. Esta observación se dejó consignada en el documento.

  •      ENEL señaló que diligenciará el formato con la información actualizada hasta el día de hoy, sin embargo, indica que el próximo viernes 12 de abril habrá reunión del Comité Hidrológico del Río Bogotá, por lo que ante alguna novedad dejará la observación en el formato.

  •       Respecto al embalse Esmeralda operado por AES, XM indicó que se tiene información de que no se conocen los riesgos de la operación cuando el embalse se encuentra por debajo del 5% y preguntó si se mantiene esta consideración. Al respecto, AES aclaró que el 5% del volumen útil se alcanzó en el año 2020 por una necesidad de una obra civil relacionada con el acople de la nueva bocatoma ubicada en la cota 1206 msnm con la conducción existente, sin embargo, no existe ninguna restricción en el embalse.

  •       Con relación al embalse URRÁ, XM preguntó si el embalse alimenta el acueducto de las ciudades adyacentes. URRÁ indicó que el acueducto se alimenta de las bocatomas que están aguas abajo del embalse, por lo cual, no toman agua del embalse. Para garantizar esto, se tiene la descarga mínima por mes. Adicionalmente, señaló que la curva guía mínima es necesaria para dar cumplimiento a la descarga mínima y de esta manera, mantener los servicios ecosistémicos.

  •       Con respecto a los embalses de EPM, XM deja planteadas algunas inquietudes para que EPM las tenga en cuenta al diligenciar el formato:

    •       ¿La operación de Porce II y Porce III tendría alguna afectación en caso de que se tenga una restricción en La Tasajera? Lo anterior teniendo en cuenta que ambos embalses se encuentran aguas abajo de esta planta.

    •      En el caso del embalse Riogrande, se entiende que por debajo del 10% se podrían tener problemas de vórtices. También se explicó que aun con esta condición, el embalse puede bajar controladamente hasta el 0% del volumen útil.

  •       Respecto al embalse Muña de ENEL, XM deja planteadas algunas inquietudes para que ENEL las tenga en cuenta al diligenciar el formato:

    •       ¿Operar el embalse Muña debajo del 70% del volumen útil podría generar alguna restricción para la cadena Pagua?

    •       Dadas las restricciones de abastecimiento de agua en Cundinamarca, ¿se tiene alguna afectación en los embalses que se encuentran aguas arriba y que están regulados?

Conclusiones

 

El SURER inició la construcción de un documento en el cual, se consolida la información de las restricciones operativas en los embalses del Sistema Interconectado Nacional, dando cumplimiento a la actividad solicitada por el Consejo Nacional de Operación. Se diferenciaron las restricciones que están vigentes y las restricciones nuevas.

 

Se diligenció durante la reunión la información de las empresas AES, ISAGEN, CELSIA Y URRÁ. Adicionalmente, se compartió el documento para que el resto de las empresas puedan diligenciar su información, o revisar la consignada de ser el caso, hasta el mediodía del 9 de abril de 2024. Se identificó que en general, no se tienen restricciones nuevas en los embalses que deban considerarse en el planeamiento operativo energético.

 

Se adjunta el documento construido en la reunión como anexo del acta.