PUNTO #6: ANÁLISIS REGULATORIO SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO CNO 1321 27/06/2024 - 16:33

Punto de la agenda
PUNTO #6: ANÁLISIS REGULATORIO SOBRE LA MODIFICACIÓN DEL ACUERDO CNO 1321
Plan operativo
SI
Acción
Recomendación
Objetivo

Continuar con la revisión y modificación de los Acuerdos CNO 1321 y 1420.

Presentación
SI
Inclusión plan operativo
NO
Desarrollo

 

La asesora legal del CNO realizó una presentación explicando los antecedentes regulatorios de los parámetros técnicos de las plantas hidráulicas. En el análisis se identificó que los parámetros técnicos de las plantas de generación son usados para diferentes fines, entre ellos, el planeamiento, la operación y el cálculo de la ENFICC. Por lo anterior, la definición de los procedimientos viene dada por la Resolución CREG 025 de 1995 y la Resolución CREG 071 de 2006.

 

Así mismo, en cumplimiento de lo dispuesto en la regulación, se han definido diferentes protocolos para la definición de los procedimientos de estimación de los diversos parámetros. Dentro de estos protocolos, se resalta el Acuerdo CNO 1816, el cual busca unificar en un documento las definiciones y formatos de reporte de parámetros; el Acuerdo CNO 1321 que plantea los procedimientos de actualización de los parámetros y los Acuerdos CNO 1287, 1420 y 1671 que definen los procedimientos de estimación de la batimetría, las series hidrológicas y el factor de conversión respectivamente.

 

Por lo anterior, la asesora legal del CNO, de acuerdo con su concepto, sugiere que se mantenga el Acuerdo unificado con todos los parámetros, exceptuando aquellos que ya tienen su propio Acuerdo (batimetrías, factor de conversión y series hidrológicas). Adicionalmente, propone que en los considerandos del Acuerdo se incluya todo lo asociado a la Resolución CREG 025, la Resolución CREG 071 y los parámetros que hacen parte de la auditoría, y se relacionen los Acuerdos de los parámetros que tienen su propio protocolo.

 

AES preguntó qué implicación tiene dejar los Acuerdos separados (uno para la auditoría y otro para el planeamiento). Al respecto, la asesora legar señaló que al ser parámetros que también son usados para el planeamiento y otras actividades de operación del sistema, se estaría duplicando la información, ya que no se puede decir que los procedimientos aplican solo para el cargo por confiabilidad.

 

CELSIA indicó que, por su parte, internamente evaluaron el tema y no encontraron valor agregado en tener dos acuerdos, por lo que no ven inconveniente en mantener el Acuerdo unificado. Por otra parte, ISAGEN y EPM indican que es necesario revisar el tema al interior de las empresas, por lo cual, proponen que se de plazo hasta la próxima reunión para revisar la propuesta.  Adicionalmente se recordó que en una reunión previa del SURER ya se había tomado la decisión de separar los parámetros en dos acuerdos, uno con las variables auditables del cargo por confiabilidad y otro para las variables del planeamiento operativo.

 

El SURER estuvo de acuerdo con la propuesta y se dará plazo para la revisión interna del tema hasta la próxima reunión ordinaria del mes de mayo.

Conclusiones

 

La asesora legal del CNO realizó una presentación explicando los antecedentes regulatorios de los parámetros técnicos de las plantas hidráulicas. Adicionalmente, señaló que, en su concepto, se debe mantener el Acuerdo unificado, considerando que los parámetros son usados para diferentes fines. Por lo anterior, propuso al SURER mantener un único Acuerdo, dejando claro en los considerandos todo lo relacionado con la Resolución CREG 025 y la Resolución CREG 071, así como la relación de los Acuerdos asociados a los parámetros que tienen su propio protocolo. Los agentes de nuevo revisarán internamente la propuesta y se continuará con el análisis y la definición en la próxima reunión ordinaria del SURER.

 

Se adjunta presentación realizada por la asesora legal del CNO como anexo del acta.