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En el numeral 12.2 del Reglamento Interno del Consejo Nacional de Operación (Acuerdo 1635 de 2022), se prevén las reglas para solicitar ser invitados a las reuniones de los Comités y Subcomités del Consejo Nacional de Operación, como sigue a continuación:
"A las reuniones de los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo podrán asistir los representantes de las empresas que desarrollen las actividades de generación, generación exclusiva con FNCER, transmisión nacional, distribución y de la demanda regulada que estén registradas como agentes del mercado ante el ASIC, y de la demanda no regulada, quienes podrán asistir con voz pero sin voto, bajo los siguientes parámetros:
• En el mes de enero de cada año, el Representante Legal de las empresas de generación, generación exclusiva con FNCER, transmisión nacional, distribución y de la demanda regulada que estén registradas como agentes del mercado ante el ASIC, y de la demanda no regulada, que deseen ser invitadas a las reuniones de los Comités, Subcomités y de las Comisiones Temporales de Trabajo deben enviar una comunicación al Secretario Técnico del CNO indicando a qué áreas de trabajo solicitan ser invitados y los nombres de sus representantes.
• El Secretario Técnico informará a los integrantes de los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo cuantas y cuales empresas han solicitado ser invitadas.
Parágrafo 1: En todo caso, las solicitudes de invitación se entenderán aprobadas por el año calendario en el que se haga la solicitud. Al inicio de cada año calendario, las empresas de generación, generación exclusiva con FNCER, transmisión nacional, distribución y de la demanda regulada que estén registradas como agentes del mercado ante el ASIC, y de la demanda no regulada, que deseen ser invitadas, deberán hacer una nueva solicitud.
Parágrafo 2: En cualquier momento del año, el representante legal de las empresas de generación, generación exclusiva con FNCER, transmisión nacional, distribución y de la demanda regulada que estén registradas como agentes del mercado ante el ASIC, y de la demanda no regulada, podrán solicitar ser invitadas a los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo.
Parágrafo 3: En todo caso, las empresas de generación, generación exclusiva con FNCER, transmisión nacional, distribución y de la demanda regulada que estén registradas como agentes del mercado ante el ASIC, y de la demanda no regulada, que asistan como invitadas a las reuniones de los Comités, Subcomités y Comisiones Temporales de Trabajo, deben dar cumplimiento a lo previsto en el Decreto 2238 de 2009."
Nota: Se entiende que para efectos del CNO, es representante de la demanda regulada la empresa que desarrolle unicamente la actividad de comercialización y venda energía a los usuarios regulados, por lo que la invitación a participar en los Comités y Subcomités se dirigirá a las empresas que cumplan con los anteriores requisitos.
DECRETO 2238 DE 2009
El artículo 1 del Decreto 2238 de 2009 prevé lo siguiente sobre las personas que pueden participar en el CNO y el tipo de las discusiones que se pueden tener:
"La representación de las empresas que conforman el Consejo Nacional de Operación se hará a través de personas vinculadas al área técnica u operativa de dichas empresas. En las reuniones del Consejo Nacional de Operación no se permitirá la presencia ni la participación de personas vinculadas al área comercial de las empresas mencionadas.
PARÁGRAFO: Las discusiones y decisiones del Consejo Nacional de operación estarán relacionadas exclusivamente con aspectos técnicos para garantizar que la operación integrada del sistema interconectado nacional sea segura, confiable y económica o sobre aspectos del reglamento de operación, conforme con lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 143 de 1994."
ESTRUCTURA VIGENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN
A continuación el organigrama vigente del CNO, en el que se presentan los Subcomités y Comités a los que se puede solicitar ser invitados:
PLAZO PARA RECEPCIÓN DE SOLICITUDES DE INVITACIÓN A LOS SUBCOMITÉS Y COMITÉS DEL CNO
De manera atenta les solicitamos enviar hasta el 20 de enero de 2023 las solicitudes de invitación al siguiente correo electrónico: sbeltran@cno.org.co. La comunicación debe ser firmada por el Representante Legal de la empresa y en ella deben indicar los Comités y los Subcomités a los que solicitan ser invitados y los nombres y apellidos y correos electrónicos de los representantes que participarán en las reuniones.
Los datos personales suministrados tendrán el tratamiento previsto en el Acuerdo 771 de 2015, de forma tal que se garantiza el manejo seguro y confidencial de los mismos, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento.
Cordialmente,
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo definido en la reunión No. 691 del 12 de enero de 2023, y
Por el cual se integra la lista de firmas auditoras de las pruebas de potencia reactiva. SUSTITUIDO POR EL ACUERDO 677 DE 2014.
Por el cual se actualiza la lista de firmas auditoras que pueden ser seleccionadas para realizar la auditoría del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales ASIC, Liquidador y Administrador de Cuentas LAC y Transacciones Internacionales de Electricidad TIE. SUSTITUYE EL ACUERDO 590 DE 2012.
Por el cual se actualiza la lista de firmas auditoras que pueden ser seleccionadas para realizar la auditoría del Centro Nacional de Despacho. SUSTITUYE EL ACUERDO 589 DE 2012.
El 20 de diciembre de 2013 la Comisión publicó la Circular CREG 095 de 2013 que contiene el Documento CREG 144 del 18 de diciembre de 2013 con la Agenda Regulatoria indicativa para el año 2014 y las respuestas a las observaciones y comentarios recibidos. (Se adjunta archivo).
REUNIÓN EXTRAORDINARIA. 1. Verificación del Quórum. 2. Presentación del estudio de Logística de suministro y transporte de líquidos- SINERGIA LTDA. 3. Presentación Informe de resultados de auditoría ASIC-TIES-LAC año 2012. 4. Varios.