Acuerdo 1002 Por el cual se aprueba la incorporación del cambio en los límites de generación y absorción de potencia reactiva de la unidad 2 de la planta de generación Salto II y la respectiva curva de carga | ||
Acuerdo Número:
1002 |
Fecha de expedición:
21 Julio, 2017 |
Fecha de entrada en vigencia:
21 Julio, 2017 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 521 del 3 de agosto de 2017 y, |
Que según lo previsto en el artículo 9 del Acuerdo 932 de 2017 “Por el cual se establece el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación despachadas centralmente”: “CAMBIO DE PARÁMETROS: Si como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades de generación despachadas centralmente, el agente generador encuentra que los límites de generación o absorción de potencia reactiva difieren de los declarados ante el CND, deberá declarar los nuevos parámetros, previo cumplimiento del procedimiento de cambio de parámetros previsto en los Acuerdos vigentes del CNO.”
Que como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de la unidad 2 de la planta de generación Salto II, se encontraron diferencias en los límites de generación y absorción de potencia reactiva, haciéndose necesario solicitar el cambio de los parámetros de la curva de cargabilidad.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 497 de 2010, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con número de radicado XM 201744011952-3 y 201744012826-3 del 21 de junio y 5 de julio de 2017 respectivamente, actualizar las curvas de carga de la unidad 2 de la planta de generación Salto II.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 014349-1 del 13 de julio de 2017 considera que la solicitud de modificación de parámetros cumple con los procedimientos establecidos en la regulación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 97 del 17 de julio de 2017 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de la unidad 2 de la planta de generación Salto II y las respectivas curvas de carga.
Que el Comité de Operación en la reunión 295 del 27 de julio de 2017 recomendó la expedición de este Acuerdo.
Que según lo previsto en el artículo 9 del Acuerdo 932 de 2017 “Por el cual se establece el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación despachadas centralmente”: “CAMBIO DE PARÁMETROS: Si como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades de generación despachadas centralmente, el agente generador encuentra que los límites de generación o absorción de potencia reactiva difieren de los declarados ante el CND, deberá declarar los nuevos parámetros, previo cumplimiento del procedimiento de cambio de parámetros previsto en los Acuerdos vigentes del CNO.”
Que como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de la unidad 2 de la planta de generación Salto II, se encontraron diferencias en los límites de generación y absorción de potencia reactiva, haciéndose necesario solicitar el cambio de los parámetros de la curva de cargabilidad.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 497 de 2010, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con número de radicado XM 201744011952-3 y 201744012826-3 del 21 de junio y 5 de julio de 2017 respectivamente, actualizar las curvas de carga de la unidad 2 de la planta de generación Salto II.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 014349-1 del 13 de julio de 2017 considera que la solicitud de modificación de parámetros cumple con los procedimientos establecidos en la regulación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 97 del 17 de julio de 2017 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de la unidad 2 de la planta de generación Salto II y las respectivas curvas de carga.
Que el Comité de Operación en la reunión 295 del 27 de julio de 2017 recomendó la expedición de este Acuerdo.
Aprobar la declaración de una nueva curva operativa de carga de la unidad 2 de la planta de generación Salto II, en la que se define la capacidad para entrega y absorción de potencia reactiva de la unidad en función de la potencia activa generada así:
Unidad 2 Salto II
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 8 de agosto de 2017 para la operación del 9 de agosto de 2017.
Aprobar la declaración de una nueva curva operativa de carga de la unidad 2 de la planta de generación Salto II, en la que se define la capacidad para entrega y absorción de potencia reactiva de la unidad en función de la potencia activa generada así:
Unidad 2 Salto II
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 8 de agosto de 2017 para la operación del 9 de agosto de 2017.