Acuerdo 1181 Por el cual se aprueba la actualización de series hidrológicas del Sistema Eléctrico colombiano del año 2018 | ||
Acuerdo Número:
1181 |
Fecha de expedición:
2 Mayo, 2019 |
Fecha de entrada en vigencia:
2 Mayo, 2019 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 560 del 2 de mayo de 2019 y, |
Que mediante el Acuerdo 917 de 2016 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que el numeral 5.3 del Acuerdo 917 de 2016 prevé el procedimiento de actualización anual de la Información Hidrológica Inicial e Histórica.
Que en cumplimiento del Acuerdo 917 de 2016, las empresas EPM, ISAGEN, CHIVOR, EPSA, CHEC, URRÁ y EMGESA, entregaron al CNO, al Subcomité Hidrológico y al CND, la información de caudales medios mensuales del año 2018, correspondiente a las siguientes series: Concepción, Grande2, Guadalupe, Nare, Tenche, Porce2CP, Porce3, Ituango, San Carlos, San Lorenzo, Miel1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, Chuza, Fagua Alicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya, Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá NR, El Quimbo y Betania CP y Carlos Lleras Restrepo.
Que mediante los Acuerdos 1162, 1163 y 1164 de 2019 se aprobó la ampliación del plazo para el envío de la información de las series Cauca (cp) Ituango, Cucuana y San Marcos y la asociada a la central San Miguel.
Que el Subcomité Hidrológico en la reunión 355 del 10 de abril de 2019 conceptuó que las empresas mencionadas en el considerando tercero cumplieron satisfactoriamente con el procedimiento de actualización de información hidrológica, establecido por el CNO mediante Acuerdo 917 de 2016 y que las empresas declararon que los procedimientos y métodos de medición y cálculo no habían sufrido modificación alguna desde la última presentación al Subcomité.
Que el Comité de Operación en la reunión 321 del 29 de abril de 2019 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 917 de 2016 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que el numeral 5.3 del Acuerdo 917 de 2016 prevé el procedimiento de actualización anual de la Información Hidrológica Inicial e Histórica.
Que en cumplimiento del Acuerdo 917 de 2016, las empresas EPM, ISAGEN, CHIVOR, EPSA, CHEC, URRÁ y EMGESA, entregaron al CNO, al Subcomité Hidrológico y al CND, la información de caudales medios mensuales del año 2018, correspondiente a las siguientes series: Concepción, Grande2, Guadalupe, Nare, Tenche, Porce2CP, Porce3, Ituango, San Carlos, San Lorenzo, Miel1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, Chuza, Fagua Alicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya, Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá NR, El Quimbo y Betania CP y Carlos Lleras Restrepo.
Que mediante los Acuerdos 1162, 1163 y 1164 de 2019 se aprobó la ampliación del plazo para el envío de la información de las series Cauca (cp) Ituango, Cucuana y San Marcos y la asociada a la central San Miguel.
Que el Subcomité Hidrológico en la reunión 355 del 10 de abril de 2019 conceptuó que las empresas mencionadas en el considerando tercero cumplieron satisfactoriamente con el procedimiento de actualización de información hidrológica, establecido por el CNO mediante Acuerdo 917 de 2016 y que las empresas declararon que los procedimientos y métodos de medición y cálculo no habían sufrido modificación alguna desde la última presentación al Subcomité.
Que el Comité de Operación en la reunión 321 del 29 de abril de 2019 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la actualización del año 2018 de las series hidrológicas de Concepción, Grande 2, Guadalupe, Guatapé, Nare, Tenche, Porce 2 CP, Porce 3, San Carlos, San Lorenzo, Miel 1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, Chuza, FaguaAlicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya(Saucio), Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá NR, El Quimbo, Betania CP y Carlos Lleras Restrepo. Esta información se encuentra en el anexo que hace parte integral de este Acuerdo.
Las actualizaciones de que trata el presente Acuerdo, adicionan y complementan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas en conjunto como las series hidrológicas históricas a ser utilizadas en el planeamiento energético indicativo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la actualización del año 2018 de las series hidrológicas de Concepción, Grande 2, Guadalupe, Guatapé, Nare, Tenche, Porce 2 CP, Porce 3, San Carlos, San Lorenzo, Miel 1, Guarinó, Manso, Amoyá, Sogamoso, Batá, Rucio, Negro, Tunjita, Salvajina, Alto Anchicayá, Calima, Digua, Prado, Chinchiná, Campoalegre, Faguacampoalegre (San Eugenio), Estrella, San Francisco, Urrá, Guavio, Chuza, FaguaAlicachín, Tominé, Sisga, Neusa, Baraya(Saucio), Checua, Teusacá, Río Blanco, Bogotá NR, El Quimbo, Betania CP y Carlos Lleras Restrepo. Esta información se encuentra en el anexo que hace parte integral de este Acuerdo.
Las actualizaciones de que trata el presente Acuerdo, adicionan y complementan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas en conjunto como las series hidrológicas históricas a ser utilizadas en el planeamiento energético indicativo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.