Acuerdo 1842 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la estimación del factor de conversión de la central hidroeléctrica San Carlos | ||
Acuerdo Número:
1842 |
Fecha de expedición:
6 Junio, 2024 |
Fecha de entrada en vigencia:
6 Junio, 2024 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento interno y según lo aprobado en la reunión No. 753 del 6 de junio de 2024, y |
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó la modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1419 de 2021, que a su vez fue sustituido a partir del 2 de marzo de 2023 por el Acuerdo 1671.
Que dando cumplimiento al Acuerdo 694 de 2014, mediante el Acuerdo 1084 del 2 de agosto de 2018 se aprobó la incorporación de un cambio en el factor de conversión de la central hidroeléctrica San Carlos.
Que en el punto 2 del numeral 10 del Anexo del Acuerdo 1671 se prevé lo siguiente sobre la solicitud de ampliación del plazo:
"Cuando un agente prevea que por razones fuera de su control, no podrá realizar todas las pruebas durante los últimos dieciocho (18) meses antes de finalizar la vigencia de la curva vigente, deberá informar por escrito al Secretario Técnico del CNO, con una antelación no menor a 60 días calendario a la finalización de la vigencia de la curva, las razones por las cuales no pudo completar la realización de las pruebas y el plazo requerido.
El CNO, previo concepto del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) y el Subcomité de Plantas, o quien haga sus veces, podrá ampliar por una vez mediante Acuerdo, el plazo para la realización de las pruebas hasta por (1) un año. El agente deberá realizar las pruebas faltantes utilizando los mismos percentiles con los cuales se realizó la primera prueba."
Que teniendo en cuenta que las mediciones con base en las cuales se estableció la curva “Cota vs Factor de Conversión” vigente de la Central Hidroeléctrica San Carlos se realizaron el 1 de mayo de 2018, bajo la vigencia del Acuerdo 694 de 2014; su vigencia es de seis (6) años contados a partir del último día del mes siguiente a aquel en el que se realizó la última medición, según lo previsto en el numeral 5 del Anexo del Acuerdo antes mencionado; por lo que la vigencia de la curva es hasta el 30 de junio de 2024.
Que la empresa ISAGEN S.A. E.S.P. presentó en la reunión 386 del 15 de mayo de 2024 del Subcomité de Plantas y en la reunión 529 del 16 de mayo de 2024 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables - SURER la solicitud de ampliación de plazo para la estimación del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica San Carlos, por un (1) año contado a partir de la fecha de vencimiento de la vigencia de la curva, debido a que, durante la ejecución de la prueba de factor de conversión se identificó una inestabilidad en la medida de los caudales turbinados en las unidades 5, 6, 7 y 8 y una vez finalizada la prueba fue necesario un reinicio de los caudalímetros de las unidades 5, 6, 7 y 8, que implicó una modificación en la parametrización del equipo y lleva a la necesidad de repetir la prueba que se hizo el 21 de febrero de 2024. ISAGEN contrató una consultoría especializada para evaluar la necesidad de modernizar los caudalímetros de la central San Carlos antes de ejecutar la prueba de conversión nuevamente. Adicionalmente, considera conveniente postergar la ejecución de la prueba, debido a los bajos aportes a las centrales hidroeléctricas, hasta que se tenga la mayor disponibilidad en la planta.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 386 y el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER en la reunión 529 del 15 y 16 de mayo de 2024 dieron concepto favorable a la solicitud de ampliación de plazo para la la estimación del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica San Carlos por 1 año.
Que el Comité de Operación en la reunión 442 del 30 de mayo de 2024 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó la modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas, el cual fue sustituido por el Acuerdo 1419 de 2021, que a su vez fue sustituido a partir del 2 de marzo de 2023 por el Acuerdo 1671.
Que dando cumplimiento al Acuerdo 694 de 2014, mediante el Acuerdo 1084 del 2 de agosto de 2018 se aprobó la incorporación de un cambio en el factor de conversión de la central hidroeléctrica San Carlos.
Que en el punto 2 del numeral 10 del Anexo del Acuerdo 1671 se prevé lo siguiente sobre la solicitud de ampliación del plazo:
"Cuando un agente prevea que por razones fuera de su control, no podrá realizar todas las pruebas durante los últimos dieciocho (18) meses antes de finalizar la vigencia de la curva vigente, deberá informar por escrito al Secretario Técnico del CNO, con una antelación no menor a 60 días calendario a la finalización de la vigencia de la curva, las razones por las cuales no pudo completar la realización de las pruebas y el plazo requerido.
El CNO, previo concepto del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables (SURER) y el Subcomité de Plantas, o quien haga sus veces, podrá ampliar por una vez mediante Acuerdo, el plazo para la realización de las pruebas hasta por (1) un año. El agente deberá realizar las pruebas faltantes utilizando los mismos percentiles con los cuales se realizó la primera prueba."
Que teniendo en cuenta que las mediciones con base en las cuales se estableció la curva “Cota vs Factor de Conversión” vigente de la Central Hidroeléctrica San Carlos se realizaron el 1 de mayo de 2018, bajo la vigencia del Acuerdo 694 de 2014; su vigencia es de seis (6) años contados a partir del último día del mes siguiente a aquel en el que se realizó la última medición, según lo previsto en el numeral 5 del Anexo del Acuerdo antes mencionado; por lo que la vigencia de la curva es hasta el 30 de junio de 2024.
Que la empresa ISAGEN S.A. E.S.P. presentó en la reunión 386 del 15 de mayo de 2024 del Subcomité de Plantas y en la reunión 529 del 16 de mayo de 2024 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables - SURER la solicitud de ampliación de plazo para la estimación del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica San Carlos, por un (1) año contado a partir de la fecha de vencimiento de la vigencia de la curva, debido a que, durante la ejecución de la prueba de factor de conversión se identificó una inestabilidad en la medida de los caudales turbinados en las unidades 5, 6, 7 y 8 y una vez finalizada la prueba fue necesario un reinicio de los caudalímetros de las unidades 5, 6, 7 y 8, que implicó una modificación en la parametrización del equipo y lleva a la necesidad de repetir la prueba que se hizo el 21 de febrero de 2024. ISAGEN contrató una consultoría especializada para evaluar la necesidad de modernizar los caudalímetros de la central San Carlos antes de ejecutar la prueba de conversión nuevamente. Adicionalmente, considera conveniente postergar la ejecución de la prueba, debido a los bajos aportes a las centrales hidroeléctricas, hasta que se tenga la mayor disponibilidad en la planta.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 386 y el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables – SURER en la reunión 529 del 15 y 16 de mayo de 2024 dieron concepto favorable a la solicitud de ampliación de plazo para la la estimación del factor de conversión de la Central Hidroeléctrica San Carlos por 1 año.
Que el Comité de Operación en la reunión 442 del 30 de mayo de 2024 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la estimación del factor de conversión de la central hidroeléctrica San Carlos hasta el 30 de junio de 2025 y ampliar la vigencia de la curva Cota vs Factor de Conversión hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la estimación del factor de conversión de la central hidroeléctrica San Carlos hasta el 30 de junio de 2025 y ampliar la vigencia de la curva Cota vs Factor de Conversión hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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