Acuerdo 949 Por el cual se aprueba una modificación del Código de Buen Gobierno del Consejo Nacional de Operación | ||
Acuerdo Número:
949 |
Fecha de expedición:
2 Marzo, 2017 |
Fecha de entrada en vigencia:
2 Marzo, 2017 |
Sustituye Acuerdo: | ||
Sustituido por: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 509 del 2 de marzo de 2017 y, |
Que el Consejo Nacional de Operación (CNO) creado por el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, tiene como función principal acordar los aspectos técnicos para garantizar que la operación integrada del sistema interconectado nacional sea segura, confiable y económica, así como ser el órgano ejecutor del Reglamento de Operación.
Que mediante el Decreto 2238 del 16 de junio de 2009, el Gobierno Nacional adoptó medidas en materia de operación del Sistema Interconectado Nacional.
Que como resultado de la formulación del Plan Estratégico del CNO en el año 2012, la megameta del Consejo es: Ser el organismo que acuerda los aspectos técnicos para garantizar la operación segura, confiable y económica en el corto y largo plazo, y que integra el sector eléctrico y su relación con los combustibles líquidos, gas y carbón y otros energéticos.
Que los objetivos estratégicos del CNO son: 1. Establecer un código de Buen Gobierno que fortalezca la confianza y la transparencia en las decisiones del CNO, 2. Lograr los cambios normativos que adecuen la composición y los alcances del CNO para lograr la megameta, 3. Fortalecer la metodología de discusión y la capacidad de soporte de la Secretaría Técnica, y 4. Fortalecer los mecanismos de difusión del conocimiento recibido y generado en el seno del CNO, sus comités, sub-comités y SecretaríaTécnica.
Que como resultado de la contratación de un consultor en modelos de buen gobierno durante el año 2013, el Consejo trabajó en la producción de documentos de buen gobierno que abarcaron el desarrollo de los 3 primeros objetivos estratégicos señalados en el anterior considerando y que se concretan en el Código de Buen Gobierno, el Reglamento Interno y el Código de Ética del CNO.
Que el Comité Legal recomendó en la reunión 94 del 22 de febrero de 2017 hacer las siguientes modificaciones al Reglamento Interno: inclusión del Asesor Técnico, su perfil, funciones, deberes y remuneración, la modificación de uno de los deberes de los miembros del CNO y de sus áreas de trabajo y la actualización del organigrama y como consecuencia de esa modificación se debe adicionar el Asesor Técnico al Código de Buen Gobierno.
Que el Consejo Nacional de Operación (CNO) creado por el artículo 36 de la Ley 143 de 1994, tiene como función principal acordar los aspectos técnicos para garantizar que la operación integrada del sistema interconectado nacional sea segura, confiable y económica, así como ser el órgano ejecutor del Reglamento de Operación.
Que mediante el Decreto 2238 del 16 de junio de 2009, el Gobierno Nacional adoptó medidas en materia de operación del Sistema Interconectado Nacional.
Que como resultado de la formulación del Plan Estratégico del CNO en el año 2012, la megameta del Consejo es: Ser el organismo que acuerda los aspectos técnicos para garantizar la operación segura, confiable y económica en el corto y largo plazo, y que integra el sector eléctrico y su relación con los combustibles líquidos, gas y carbón y otros energéticos.
Que los objetivos estratégicos del CNO son: 1. Establecer un código de Buen Gobierno que fortalezca la confianza y la transparencia en las decisiones del CNO, 2. Lograr los cambios normativos que adecuen la composición y los alcances del CNO para lograr la megameta, 3. Fortalecer la metodología de discusión y la capacidad de soporte de la Secretaría Técnica, y 4. Fortalecer los mecanismos de difusión del conocimiento recibido y generado en el seno del CNO, sus comités, sub-comités y SecretaríaTécnica.
Que como resultado de la contratación de un consultor en modelos de buen gobierno durante el año 2013, el Consejo trabajó en la producción de documentos de buen gobierno que abarcaron el desarrollo de los 3 primeros objetivos estratégicos señalados en el anterior considerando y que se concretan en el Código de Buen Gobierno, el Reglamento Interno y el Código de Ética del CNO.
Que el Comité Legal recomendó en la reunión 94 del 22 de febrero de 2017 hacer las siguientes modificaciones al Reglamento Interno: inclusión del Asesor Técnico, su perfil, funciones, deberes y remuneración, la modificación de uno de los deberes de los miembros del CNO y de sus áreas de trabajo y la actualización del organigrama y como consecuencia de esa modificación se debe adicionar el Asesor Técnico al Código de Buen Gobierno.
Aprobar el Código de Buen Gobierno del Consejo Nacional de Operación, que se encuentra en el anexo del presente Acuerdo y hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar el Código de Buen Gobierno del Consejo Nacional de Operación, que se encuentra en el anexo del presente Acuerdo y hace parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.