Acuerdo 956 Por el cual se aprueba el Esquema de Deslastre Automático de Carga EDAC por baja frecuencia para el año 2017 | ||
Acuerdo Número:
956 |
Fecha de expedición:
6 Abril, 2017 |
Fecha de entrada en vigencia:
6 Abril, 2017 |
Sustituye Acuerdo: | ||
Sustituido por: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo General de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno, y según lo acordado en la reunión No. 511 del 6 de abril de 2017 y,
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Que mediante la Resolución CREG 061 de 1996 que modificó la Resolución CREG 025 de 1995 en su numeral 2.2.4, estableció: “Desconexión Automático de Carga por Baja Frecuencia: Mediante estudios de estabilidad dinámica y, aplicando los criterios definidos en este Código, el CND determinará para cada área operativa el número de etapas a implementar, el porcentaje de demanda total a desconectar en cada etapa y la temporización correspondiente. El esquema será sometido a consideración de las empresas a finales de abril de cada año. El CND revisará la propuesta teniendo en cuenta los comentarios de las empresas y colocará a su disposición el informe del esquema definitivo antes del 31 de mayo de cada año. Las empresas deberán tener implantado el esquema antes del 30 de junio del mismo año.”
Que mediante el Acuerdo 955 del 2017 se modificó el procedimiento para el reporte de información del EDAC y la definición de la realización de pruebas del Esquema de Deslastre Automático de Carga.
Que en la reunión 261 del 16 de marzo de 2017 del Subcomité de Análisis y Planeamiento Eléctrico, el CND presentó el estudio de revisión y actualización del EDAC por baja frecuencia del SIN, resaltando el alcance del estudio, antecedentes, eventos analizados, propuesta de máxima desviación df/dt y las conclusiones y recomendaciones y propuso mantener los ajustes vigentes durante el período 2017 - 2018 y recomendó realizar pruebas a las etapas 3 y 4 en el año 2017.
Que el Comité de Operación y el Comité de Distribución en las reuniones 291 y 166 del 28 y 30 de marzo de 2017 respectivamente, recomendaron al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante la Resolución CREG 061 de 1996 que modificó la Resolución CREG 025 de 1995 en su numeral 2.2.4, estableció: “Desconexión Automático de Carga por Baja Frecuencia: Mediante estudios de estabilidad dinámica y, aplicando los criterios definidos en este Código, el CND determinará para cada área operativa el número de etapas a implementar, el porcentaje de demanda total a desconectar en cada etapa y la temporización correspondiente. El esquema será sometido a consideración de las empresas a finales de abril de cada año. El CND revisará la propuesta teniendo en cuenta los comentarios de las empresas y colocará a su disposición el informe del esquema definitivo antes del 31 de mayo de cada año. Las empresas deberán tener implantado el esquema antes del 30 de junio del mismo año.”
Que mediante el Acuerdo 955 del 2017 se modificó el procedimiento para el reporte de información del EDAC y la definición de la realización de pruebas del Esquema de Deslastre Automático de Carga.
Que en la reunión 261 del 16 de marzo de 2017 del Subcomité de Análisis y Planeamiento Eléctrico, el CND presentó el estudio de revisión y actualización del EDAC por baja frecuencia del SIN, resaltando el alcance del estudio, antecedentes, eventos analizados, propuesta de máxima desviación df/dt y las conclusiones y recomendaciones y propuso mantener los ajustes vigentes durante el período 2017 - 2018 y recomendó realizar pruebas a las etapas 3 y 4 en el año 2017.
Que el Comité de Operación y el Comité de Distribución en las reuniones 291 y 166 del 28 y 30 de marzo de 2017 respectivamente, recomendaron al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar el Esquema de Desconexión Automática de Carga por Baja Frecuencia que cubre un 40% del total de la demanda, distribuido en 8 etapas con desconexiones de carga del 5% (con retardos desde 200 ms en las dos primeras etapas, 400 ms en las dos siguientes y hasta 4000 ms en la última etapa).
Realizar pruebas a las etapas 3 y 4 del Esquema EDAC, conforme a lo establecido en el Acuerdo 955 de 2017 y entregar los resultados de las mismas a más tardar el 31 de octubre de 2017 de acuerdo a los formatos previstos en el Anexo 2 de dicho Acuerdo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 868 de 2016.
Aprobar el Esquema de Desconexión Automática de Carga por Baja Frecuencia que cubre un 40% del total de la demanda, distribuido en 8 etapas con desconexiones de carga del 5% (con retardos desde 200 ms en las dos primeras etapas, 400 ms en las dos siguientes y hasta 4000 ms en la última etapa).
Realizar pruebas a las etapas 3 y 4 del Esquema EDAC, conforme a lo establecido en el Acuerdo 955 de 2017 y entregar los resultados de las mismas a más tardar el 31 de octubre de 2017 de acuerdo a los formatos previstos en el Anexo 2 de dicho Acuerdo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición y sustituye el Acuerdo 868 de 2016.