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Con el objetivo de mitigar y evitar los riesgos del vencimiento de las ecuaciones de cada uno de los mercados de comercialización del SIN en el GID-MORE, el CND acordó con el Comité de Distribución en la reunión 265 realizada el día 24 de agosto del 2021 modificar las fechas de vencimiento de las ecuaciones de los mercados de comercialización del SIN. La actividad de modificación fue ejecutada el 30 de agosto del 2021 por parte del CND y la nueva fecha de vencimiento de las ecuaciones es el 31 de diciembre del 2999.
Cuando el operador de un mercado de comercialización decida actualizar las respectivas ecuaciones por alguna circunstancia, deberá ingresar como fecha de vencimiento de la ecuación: 31 de diciembre de 2999.
Es importante resaltar que, además de las ecuaciones de cada uno de los mercados de comercialización, los factores de distribución y potencia también tienen fecha de vencimiento en el GID-MORE. Por lo anterior, les solicitamos tener en cuenta la misma recomendación dada para la fecha de vencimiento de las ecuaciones.
Cordial saludo,
Se recuerda la siguiente solicitud de información prevista en la Circular 073:
“(...) se solicita a todos los OR reportar el inventario de los transformadores conectados al STR junto con los parámetros técnicos de cada uno, usando el formato disponible en el Anexo 4 del Acuerdo CNO 1429, ítem “Transformadores” y suministrar la información que se disponga de estos equipos. Considerando que estos parámetros son requeridos para equipos existentes, es posible que algunos datos deban ser estimados por los OR, según información disponible de equipos similares o considerando la experiencia operativa de cada OR (por ejemplo, caso de la impedancia de secuencia cero discutida en la reunión 94 del Subcomité de Protecciones)."
Esta solicitud de información se hace en cumplimiento de la Resolución CREG 083 de 1999, en sus artículos 2 y 3 y es requerida por el CND para ser incluida en la base de datos oficial.
De acuerdo con lo anterior, agradecemos a los agentes atender el requerimiento de información solicitado en la pasada Circular 073. La información debe ser enviada al correo info@xm.com.co, antes del próximo 08 septiembre de 2021.
Ver Circular 073 adjunta.
Cordial saludo,
Por instrucciones del Ministerio de Minas y Energía, y con el objetivo de prevenir cualquier riesgo de atención de la demanda del servicio de energía eléctrica durante la jornada de manifestaciones convocada para el próximo 20 de julio de 2021. De manera atenta se les solicita enviar la siguiente información al correo electrónico szsalamanca@minenergia.gov.co hasta el 18 de julio de 2021:
- Planes de Contingencia: Se deben identificar las alertas por riesgos de infraestructura estratégica y acciones a tomar por situaciones que afecten la operación o el mantenimiento de los activos, restricciones de personal y/o logística, entre otros.
- Datos de contacto de las autoridades regionales y locales que a su criterio deben ser contactados por el MME para coordinación de acciones.
Cordial saludo,
De manera atenta los invitamos a participar en la 6ta Jornada Técnica del Comité de Distribución, que se realizará el 22 y 23 de julio de 2021 de manera virtual, cuyo tema es la Actualidad y Futuro de las Redes de Distribución Activas.
Se adjunta la agenda académica.
Para hacer la inscripción, deben ir al siguiente enlace: https://jornadascno.com/
Cordial saludo,
En el primer párrafo del artículo 31 de la Resolución CREG 075 de 2021 se prevé lo siguiente:
“Parágrafo 3. Durante los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, los transportadores entregarán al CNO y al Comité Asesor de Comercialización, CAC, la minuta correspondiente a proyectos clase 1 que utilizan para suscribir contratos de conexión con los interesados en conectarse a los sistemas de los cuales son responsables.”
De acuerdo con la definición de la misma resolución, se entiende por proyecto clase 1:
“Proyecto clase 1: proyectos de conexión de usuarios finales al STN o STR, y proyectos de conexión de generación, cogeneración o autogeneración al SIN diferentes a los proyectos que se encuentren bajo el alcance de la Resolución CREG 030 de 2018, o aquella que la modifique, adicione o sustituya. También se considerarán como proyectos clase 1 las modificaciones que se soliciten a las capacidades ya asignadas.”
Por lo anterior, el Consejo Nacional de Operación y el Comité Asesor de Comercialización solicitaron mediante comunicación del 28 de junio de 2021, enviada a los transmisores y operadores de red, el envío de la(s) minuta(s) del contrato de conexión de los proyectos clase 1 en formato pdf, al siguiente correo electrónico: pgomez@cno.org.co, hasta el 21 de agosto de 2021.
Cordial saludo,
De manera atenta se informa que a partir de la fecha de expedición de la presente circular, se cancelan los formatos de las circulares 68 y 74, cuyo objetivo era el reporte de situaciones de contingencia al Ministerio de Minas y Energía y el reporte de riesgos al CNO, respectivamente.
Cordialmente,
• Clasificación del consumo eléctrico (bien sea en kW, kWh y/o porcentaje) por clase de carga: residencial , comercial e industrial en cada barra del sistema.
• Tipos de carga industrial y comercial conectada a cada barra con su respectivo consumo eléctrico (bien sea en kW, kWh y/o porcentaje).
Se adjunta el formato para el reporte de la información (Anexo).
Como fue acordado en la citada reunión, esta información debe ser enviada a más tardar el 21 de junio del 2021 al siguiente correo electrónico: info@xm.com.co
Cualquier información adicional con gusto será atendida en la línea de Orientación a Clientes XM 3172929 de Medellín, digitando la opción 1 o remitirla por correo electrónico a la dirección info@xm.com.co.
Con motivo de la situación de orden público debida al Paro Nacional y para garantizar la continuidad de la prestación del servicio público de energía eléctrica, de manera atenta les informamos que se ha creado un formato compartido para el reporte de riesgos.
A continuación el enlace con las instrucciones de diligenciamiento:
https://tinyurl.com/Formato-Riesgos
Cordial saludo,
En el Anexo 7 del Acuerdo CNO 1214 del 16 de agosto de 2019 se establece que el estudio de ajuste y coordinación de protecciones (EACP) de un nuevo proyecto se debe elaborar de acuerdo con lo descrito en el documento: “Lineamientos para la elaboración y presentación de EACP del SIN colombiano”.
En el numeral 6.1.1.1 Área de impacto del EACP del documento “Lineamientos para la elaboración y presentación de EACP del SIN colombiano” se indica lo siguiente:
- "Las redes a nivel de sistema de transmisión nacional (STN) y sistema de transmisión regional (STR) objeto del EACP. Para proyectos conectados en el STR, el EACP se deberá considerar los transformadores conectados al sistema de distribución local (SDL) con grupo de conexión en “Y” por el lado de alta, además se deberá considerar los terciarios de los transformadores tridevanados."
En el numeral 6.2.1 del mismo documento se prevé lo siguiente:
- "Para elaborar estudios de protecciones es esencial contar con un adecuado modelamiento de la red eléctrica o base de datos sintonizada, la cual deberá estar acorde con los valores reales de flujos de potencia y corrientes de cortocircuito del SIN. El CND cuenta con la red eléctrica modelada en una base de datos (DB por sus siglas en inglés) la cual está sintonizada con los valores reales de operación del SIN, a partir de 57.5 kV o superior; para niveles inferiores se debe coordinar con el OR el suministro de información."
La información solicitada debe ser enviada a más tardar el 8 de septiembre del 2021 a la siguiente dirección de correo electrónico: info@xm.com.co.
Cualquier información adicional con gusto será atendida en la línea de Orientación a Clientes XM 3172929 de Medellín, digitando la opción 1 o remitirla por correo electrónico a la dirección info@xm.com.co.
Cordial saludo,