Convocar CNO NO PRESENCIAL 563 .
Agenda de reunión
Verificación quórum | SI |
Desarrollo
Punto de la agenda | Plan operativo | Objetivo | Acción | Presentación | Inclusión plan operativo | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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1. CNO NO PRESENCIAL 563 |
NO |
Convocar a la reunión C N O NO PRESENCIAL 563 con el fin de aprobar el acuerdo para la incorporación de un cambio en el factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima. Se convoca teniendo en cuenta que los valores actuales tiene una vigencia hasta el próximo 30 de junio de 2019. |
APROBACIÓN |
SI |
NO |
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Desarrollo
Con el objeto de realizar la sesión N° 563 del CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN CNO, bajo la modalidad de reunión no presencial, de conformidad con lo autorizado en el artículo 38 del Acuerdo CNO N° 1179 (Reglamento Interno) del 2 de mayo de 2019 y lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 222 de 1995, pongo a su consideración la siguiente propuesta de acuerdo:
“Acuerdo xxx
Por el cual se aprueba la incorporación de un cambio en el factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo acordado en la reunión no presencial No. XXX del XX de junio de 2019 y,
CONSIDERANDO
1. Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó el protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas.
2. Que de conformidad con el Acuerdo 999 de 2017 los resultados de las pruebas de factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá y Salvajina estuvieron vigentes hasta el 31 de agosto de 2018, los resultados de las pruebas de factor de conversión de la planta de generación Calima estuvieron vigentes hasta el 30 de septiembre de 2018 y los resultados de las pruebas de factor de conversión de la planta de generación Prado estuvieron vigentes hasta marzo de 2018.
3. Que mediante el Acuerdo 1069 del 2018 se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales hidroeléctricas Alto Anchicayá, Calima, Salvajina y Prado y se amplió la vigencia del factor de conversión actual de cada una de ellas hasta el 31 de diciembre de 2018 y mediante el Acuerdo 1120 del 2018 se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales hidroeléctricas Alto Anchicayá, Prado, Salvajina y Calima hasta el 30 de junio de 2019 y se amplió la vigencia de los factores de conversión actuales.
4. Que EPSA E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 497 de 2010, mediante comunicaciones 201944011879-3, 201944010049-3, 201944011102, 201944011100, 201944013717-3 del 8, 20 y 30 de mayo y 19 de junio de 2019, solicitó la actualización del factor de conversión de la planta de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima, como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 694 de 2014.
5. Que XM mediante comunicaciones 008023-1, 007508-1, 007931-1, 007933-1, 009722-1 del 23, 30 y 31 de mayo y 26 de junio de 2019 emitió conceptos favorables a las solicitudes de cambio del parámetro factor de conversión de las centrales de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima, teniendo en cuenta que cumplieron con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
6. Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables en la reunión 360 del 13 de junio de 2019 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá y Salvajina y en la reunión 361 del 21 de junio de 2019 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Prado y Calima y el Subcomité de Plantas en la reunión 291 del 19 de junio de 2019 dio concepto favorable a la la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá, Salvajina, Prado y Calima.
7. Que el Comité de Operación en la reunión 324 del 27 de junio de 2019 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
ACUERDA:
1. Aprobar la incorporación de los cambios en el factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima así: 2. Aprobar la incorporación de los cambios en las ecuaciones de cálculo de la función de factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima así: 3. El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el X de XXX de 201) para la operación del X de XXXX de 2019.
Presidente Secretario Técnico
Diego González Alberto Olarte Aguirre”
Manifestación de voto:
La manifestación de voto podrá remitirse por correo electrónico a: aolarte@cno.org.co o a las oficinas del CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN a la Avenida Calle 26 N°69 – 63 oficina 408 en Bogotá D.C.
Atentamente,
ALBERTO OLARTE AGUIRRE Secretario Técnico CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN – CNO
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Conclusiones
MANIFESTACIÓN DEL VOTO:
En respuesta a la anterior solicitud los miembros del Consejo Nacional de Operación manifestaron su voto mediante correo electrónico en la forma en que se indica en el siguiente cuadro, en el que también se incluyen las fechas en que fueron recibidas las comunicaciones de cada miembro y el sentido de cada voto así:
2. AUTORIZACIÓN
Con base en lo anterior, el CONSEJO NACIONAL DE OPERACIÓN con el voto favorable de nueve de los once miembros con capacidad de voto en este tema aprueba el acuerdo " Por el cual se aprueba la incorporación de un cambio en el factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima".
En cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo CNO N° 1179 (Reglamento Interno) del 2 de mayo de 2019 firman la presente acta el Presidente y el Secretario Técnico, en señal de aprobación de la misma.
Diego León Gonzalez Alberto Olarte Aguirre Presidente Secretario Técnico |
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Presidente - Diego González | Secretario Técnico - Alberto Olarte |
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