Acuerdo 1009 Por el cual se aprueba la incorporación del cambio en los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Dario Valencia y las respectivas curvas de carga | ||
Acuerdo Número:
1009 |
Fecha de expedición:
14 Septiembre, 2017 |
Fecha de entrada en vigencia:
19 Septiembre, 2017 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 523 del 14 de septiembre de 2017 y, |
Que según lo previsto en el artículo 9 del Acuerdo 932 de 2017 “Por el cual se establece el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación despachadas centralmente”: “CAMBIO DE PARÁMETROS: Si como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades de generación despachadas centralmente, el agente generador encuentra que los límites de generación o absorción de potencia reactiva difieren de los declarados ante el CND, deberá declarar los nuevos parámetros, previo cumplimiento del procedimiento de cambio de parámetros previsto en los Acuerdos vigentes del CNO.”
Que como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Dario Valencia, se encontraron diferencias en los límites de generación y absorción de potencia reactiva, haciéndose necesario solicitar el cambio de los parámetros de la curva de cargabilidad.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 497 de 2010, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con número de radicado XM 201744013835-3 y 201744013555-3 del 19 de julio actualizar las curvas de carga de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Darío Valencia.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 015591-1 del 31 de julio de 2017 considera que la solicitud de modificación de parámetros cumple con los procedimientos establecidos en la regulación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 100 del 15 de agosto de 2017 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Darío Silva y las respectivas curvas de carga.
Que el Comité de Operación en la reunión 296 del 31 de agosto de 2017 recomendó la expedición de este Acuerdo.
Que según lo previsto en el artículo 9 del Acuerdo 932 de 2017 “Por el cual se establece el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación despachadas centralmente”: “CAMBIO DE PARÁMETROS: Si como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades de generación despachadas centralmente, el agente generador encuentra que los límites de generación o absorción de potencia reactiva difieren de los declarados ante el CND, deberá declarar los nuevos parámetros, previo cumplimiento del procedimiento de cambio de parámetros previsto en los Acuerdos vigentes del CNO.”
Que como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Dario Valencia, se encontraron diferencias en los límites de generación y absorción de potencia reactiva, haciéndose necesario solicitar el cambio de los parámetros de la curva de cargabilidad.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 497 de 2010, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicaciones con número de radicado XM 201744013835-3 y 201744013555-3 del 19 de julio actualizar las curvas de carga de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Darío Valencia.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 015591-1 del 31 de julio de 2017 considera que la solicitud de modificación de parámetros cumple con los procedimientos establecidos en la regulación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 100 del 15 de agosto de 2017 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Darío Silva y las respectivas curvas de carga.
Que el Comité de Operación en la reunión 296 del 31 de agosto de 2017 recomendó la expedición de este Acuerdo.
Aprobar la declaración de una nueva curva operativa de carga de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Darío Valencia, en las que se define la capacidad para entrega y absorción de potencia reactiva de la unidad en función de la potencia activa generada así:
Unidad 1 Darío Valencia
Unidad 2 Darío Valencia
Unidad 5 Darío Valencia
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 18 de septiembre de 2017 para la operación del 19 de septiembre de 2017.
Aprobar la declaración de una nueva curva operativa de carga de las unidades 1, 2 y 5 de la planta de generación Darío Valencia, en las que se define la capacidad para entrega y absorción de potencia reactiva de la unidad en función de la potencia activa generada así:
Unidad 1 Darío Valencia
Unidad 2 Darío Valencia
Unidad 5 Darío Valencia
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 18 de septiembre de 2017 para la operación del 19 de septiembre de 2017.