Acuerdo 1060 Por el cual se aprueba el Esquema de Deslastre Automático de Carga EDAC por baja frecuencia para el año 2018 | ||
Acuerdo Número:
1060 |
Fecha de expedición:
3 Mayo, 2018 |
Fecha de entrada en vigencia:
3 Mayo, 2018 |
Sustituye Acuerdo: | ||
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo General de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno, y según lo acordado en la reunión No. 535 del 3 de mayo de 2018 y, |
Que mediante la Resolución CREG 061-1996, que modificó la Resolución CREG 025-1995 en su numeral 2.2.4, estableció: “Desconexión Automático de Carga por Baja Frecuencia: El esquema será sometido a consideración de las empresas a finales de abril de cada año. El CND revisará la propuesta teniendo en cuenta los comentarios de las empresas y colocará a su disposición el informe del esquema definitivo antes del 31 de mayo de cada año. Las empresas deberán tener implantado el esquema antes del 30 de junio del mismo año.”
Que mediante el Acuerdo 964 de 2017 se aprobó el Esquema de Deslastre Automático de Carga por baja frecuencia para el año 2017.
Que mediante el Acuerdo 1059 del 2018 se aprobó la modificación del procedimiento para el reporte de información del EDAC y la definición de la realización de pruebas del Esquema de Deslastre Automático de Carga.
Que el Subcomité de Análisis y Planeación Eléctrica en la reunión 278 del 19 de abril de 2018 dio concepto favorable a la propuesta del esquema de deslastre automático de carga para el año 2018.
Que el Comité de Distribución y el Comité de Operación en las reuniones 192 y 307 del 24 y 26 de abril de 2018 respectivamente, recomendaron al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante la Resolución CREG 061-1996, que modificó la Resolución CREG 025-1995 en su numeral 2.2.4, estableció: “Desconexión Automático de Carga por Baja Frecuencia: El esquema será sometido a consideración de las empresas a finales de abril de cada año. El CND revisará la propuesta teniendo en cuenta los comentarios de las empresas y colocará a su disposición el informe del esquema definitivo antes del 31 de mayo de cada año. Las empresas deberán tener implantado el esquema antes del 30 de junio del mismo año.”
Que mediante el Acuerdo 964 de 2017 se aprobó el Esquema de Deslastre Automático de Carga por baja frecuencia para el año 2017.
Que mediante el Acuerdo 1059 del 2018 se aprobó la modificación del procedimiento para el reporte de información del EDAC y la definición de la realización de pruebas del Esquema de Deslastre Automático de Carga.
Que el Subcomité de Análisis y Planeación Eléctrica en la reunión 278 del 19 de abril de 2018 dio concepto favorable a la propuesta del esquema de deslastre automático de carga para el año 2018.
Que el Comité de Distribución y el Comité de Operación en las reuniones 192 y 307 del 24 y 26 de abril de 2018 respectivamente, recomendaron al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar el Esquema de Deslastre Automático de Carga EDAC por baja frecuencia para el año 2018, que cubre un 40% del total de la demanda, distribuido en 8 etapas con desconexiones de carga del 5% (con retardos desde 200 ms en las dos primeras etapas, 400 ms en las dos siguientes, 600 ms para la quinta etapa, 1000 ms en la sexta etapa, 2000 ms en la séptima etapa y 4000 ms en la última etapa). Adicionalmente, las etapas 7 y 8 del esquema cuentan con la función df/dt.
El Esquema de Deslastre Automático de Carga EDAC, con los ajustes detallados, se presenta en la siguiente tabla:
Los operadores de red deben realizar pruebas a las etapas 5 y 6 del esquema EDAC según el procedimiento previsto en el Acuerdo 1059 de 2018 y entregar los resultados de las mismas a más tardar el 31 de agosto de 2018 en los formatos previstos en el Anexo del Acuerdo antes mencionado.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha y sustituye el Acuerdo 964 de 2017.
Aprobar el Esquema de Deslastre Automático de Carga EDAC por baja frecuencia para el año 2018, que cubre un 40% del total de la demanda, distribuido en 8 etapas con desconexiones de carga del 5% (con retardos desde 200 ms en las dos primeras etapas, 400 ms en las dos siguientes, 600 ms para la quinta etapa, 1000 ms en la sexta etapa, 2000 ms en la séptima etapa y 4000 ms en la última etapa). Adicionalmente, las etapas 7 y 8 del esquema cuentan con la función df/dt.
El Esquema de Deslastre Automático de Carga EDAC, con los ajustes detallados, se presenta en la siguiente tabla:
Los operadores de red deben realizar pruebas a las etapas 5 y 6 del esquema EDAC según el procedimiento previsto en el Acuerdo 1059 de 2018 y entregar los resultados de las mismas a más tardar el 31 de agosto de 2018 en los formatos previstos en el Anexo del Acuerdo antes mencionado.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha y sustituye el Acuerdo 964 de 2017.