Acuerdo 1075 Por el cual se aprueba la actualización de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo y las respectivas curvas de carga | ||
Acuerdo Número:
1075 |
Fecha de expedición:
12 Julio, 2018 |
Fecha de entrada en vigencia:
17 Julio, 2018 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 541 del 12 de julio de 2018 y, |
Que según lo previsto en el artículo 9 del Acuerdo 932 de 2017 “Por el cual se establece el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación despachadas centralmente”: “CAMBIO DE PARÁMETROS: Si como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades de generación despachadas centralmente, el agente generador encuentra que los límites de generación o absorción de potencia reactiva difieren de los declarados ante el CND, deberá declarar los nuevos parámetros, previo cumplimiento del procedimiento de cambio de parámetros previsto en los Acuerdos vigentes del CNO.”
Que como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo, se encontraron diferencias en los límites de generación y absorción de potencia reactiva, haciéndose necesario solicitar el cambio de los parámetros de la curva de cargabilidad.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 497 de 2010, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicación con número de radicado XM 201844010335-3 del 31 de mayo de 2018 actualizar las curvas de carga de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 006850-1 del 8 de junio de 2018 considera que la solicitud de modificación de parámetros cumple con los procedimientos establecidos en la regulación vigente. Sin embargo, se debe tener en cuenta que las pruebas de potencia reactiva deben ser realizadas nuevamente para el punto de potencia activa nominal una vez se cuente con el nivel de embalse suficiente para este fin.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 121 del 26 de junio de 2018 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo y las respectivas curvas de carga.
Que el Comité de Operación en la reunión 309 del 29 de junio de 2018 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Que según lo previsto en el artículo 9 del Acuerdo 932 de 2017 “Por el cual se establece el procedimiento para la realización de las pruebas de potencia reactiva de unidades de generación despachadas centralmente”: “CAMBIO DE PARÁMETROS: Si como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades de generación despachadas centralmente, el agente generador encuentra que los límites de generación o absorción de potencia reactiva difieren de los declarados ante el CND, deberá declarar los nuevos parámetros, previo cumplimiento del procedimiento de cambio de parámetros previsto en los Acuerdos vigentes del CNO.”
Que como resultado de la realización de las pruebas de potencia reactiva de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo, se encontraron diferencias en los límites de generación y absorción de potencia reactiva, haciéndose necesario solicitar el cambio de los parámetros de la curva de cargabilidad.
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 497 de 2010, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó al CND mediante comunicación con número de radicado XM 201844010335-3 del 31 de mayo de 2018 actualizar las curvas de carga de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo.
Que XM S.A. E.S.P. mediante comunicación XM 006850-1 del 8 de junio de 2018 considera que la solicitud de modificación de parámetros cumple con los procedimientos establecidos en la regulación vigente. Sin embargo, se debe tener en cuenta que las pruebas de potencia reactiva deben ser realizadas nuevamente para el punto de potencia activa nominal una vez se cuente con el nivel de embalse suficiente para este fin.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 121 del 26 de junio de 2018 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de los límites de generación y absorción de potencia reactiva de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo y las respectivas curvas de carga.
Que el Comité de Operación en la reunión 309 del 29 de junio de 2018 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la declaración de una nueva curva operativa de carga de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo, en las que se define la capacidad para entrega y absorción de potencia reactiva de las unidades en función de la potencia activa generada así:
Unidad | Parámetro a modificar | Valor anterior | Valor nuevo |
Cap abs reactivos Mvar en 52 MW | -98 | -173 | |
Cap abs reactivos Mvar en 125 MW | -98 | -159 | |
Cap abs reactivos Mvar en 163 MW | -98 | -124 | |
Cap abs reactivos Mvar en 198 MW* | -91* | -91* | |
Cap gen reactivos Mvar en 52 MW | 98 | 143 | |
Cap gen reactivos Mvar en 125 MW | 98 | 135 | |
Cap gen reactivos Mvar en 163 MW | 98 | 123 | |
Cap gen reactivos Mvar en 198 MW* | 107* | 107* |
*Estos valores son teóricos y se probarán cuando se logre el nivel del embalse suficiente para tal fin.
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 16 de julio de 2018 para la operación del 17 de julio de 2018.
Aprobar la declaración de una nueva curva operativa de carga de las unidades 1 y 2 de la planta de generación Quimbo, en las que se define la capacidad para entrega y absorción de potencia reactiva de las unidades en función de la potencia activa generada así:
Unidad | Parámetro a modificar | Valor anterior | Valor nuevo |
Cap abs reactivos Mvar en 52 MW | -98 | -173 | |
Cap abs reactivos Mvar en 125 MW | -98 | -159 | |
Cap abs reactivos Mvar en 163 MW | -98 | -124 | |
Cap abs reactivos Mvar en 198 MW* | -91* | -91* | |
Cap gen reactivos Mvar en 52 MW | 98 | 143 | |
Cap gen reactivos Mvar en 125 MW | 98 | 135 | |
Cap gen reactivos Mvar en 163 MW | 98 | 123 | |
Cap gen reactivos Mvar en 198 MW* | 107* | 107* |
*Estos valores son teóricos y se probarán cuando se logre el nivel del embalse suficiente para tal fin.
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 16 de julio de 2018 para la operación del 17 de julio de 2018.
Para más información, descargue a continuación los siguientes archivos: