Acuerdo 1194 Por el cual se aprueba la incorporación de un cambio en el factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima | ||
Acuerdo Número:
1194 |
Fecha de expedición:
28 Junio, 2019 |
Fecha de entrada en vigencia:
4 Julio, 2019 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión no presencial No. 563 del 28 de junio de 2019, y |
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó el protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas.
Que de conformidad con el Acuerdo 999 de 2017 los resultados de las pruebas de factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá y Salvajina estuvieron vigentes hasta el 31 de agosto de 2018, los resultados de las pruebas de factor de conversión de la planta de generación Calima estuvieron vigentes hasta el 30 de septiembre de 2018 y los resultados de las pruebas de factor de conversión de la planta de generación Prado estuvieron vigentes hasta marzo de 2018.
Que mediante el Acuerdo 1069 del 2018 se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales hidroeléctricas Alto Anchicayá, Calima, Salvajina y Prado y se amplió la vigencia del factor de conversión actual de cada una de ellas hasta el 31 de diciembre de 2018 y mediante el Acuerdo 1120 del 2018 se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales hidroeléctricas Alto Anchicayá, Prado, Salvajina y Calima hasta el 30 de junio de 2019 y se amplió la vigencia de los factores de conversión actuales.
Que EPSA E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 497 de 2010, mediante comunicaciones 201944011879-3, 201944010049-3, 201944011102, 201944011100, 201944013717-3 del 30, 8, 20 de mayo y 19 de junio de 2019, solicitó la actualización del factor de conversión de la planta de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima, como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 694 de 2014.
Que XM mediante comunicaciones 008023-1, 007508-1, 007931-1, 007933-1, 009721-1 del 31, 23, 30 de mayo y 26 de junio de 2019 emitió conceptos favorables a las solicitudes de cambio del parámetro factor de conversión de las centrales de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima, teniendo en cuenta que cumplieron con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables en la reunion 360 del 13 de junio de 2019 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá y Salvajina y en la reunión 362 del 21 de junio de 2019 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Prado y Calima y el Subcomité de Plantas en la reunión 291 del 19 de junio de 2019 dio concepto favorable a la la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá, Salvajina, Prado y Calima.
Que el Comité de Operación en la reunión 324 del 27 de junio de 2019 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó el protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas.
Que de conformidad con el Acuerdo 999 de 2017 los resultados de las pruebas de factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá y Salvajina estuvieron vigentes hasta el 31 de agosto de 2018, los resultados de las pruebas de factor de conversión de la planta de generación Calima estuvieron vigentes hasta el 30 de septiembre de 2018 y los resultados de las pruebas de factor de conversión de la planta de generación Prado estuvieron vigentes hasta marzo de 2018.
Que mediante el Acuerdo 1069 del 2018 se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales hidroeléctricas Alto Anchicayá, Calima, Salvajina y Prado y se amplió la vigencia del factor de conversión actual de cada una de ellas hasta el 31 de diciembre de 2018 y mediante el Acuerdo 1120 del 2018 se aprobó la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales hidroeléctricas Alto Anchicayá, Prado, Salvajina y Calima hasta el 30 de junio de 2019 y se amplió la vigencia de los factores de conversión actuales.
Que EPSA E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 497 de 2010, mediante comunicaciones 201944011879-3, 201944010049-3, 201944011102, 201944011100, 201944013717-3 del 30, 8, 20 de mayo y 19 de junio de 2019, solicitó la actualización del factor de conversión de la planta de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima, como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 694 de 2014.
Que XM mediante comunicaciones 008023-1, 007508-1, 007931-1, 007933-1, 009721-1 del 31, 23, 30 de mayo y 26 de junio de 2019 emitió conceptos favorables a las solicitudes de cambio del parámetro factor de conversión de las centrales de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima, teniendo en cuenta que cumplieron con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables en la reunion 360 del 13 de junio de 2019 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá y Salvajina y en la reunión 362 del 21 de junio de 2019 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Prado y Calima y el Subcomité de Plantas en la reunión 291 del 19 de junio de 2019 dio concepto favorable a la la solicitud de modificación del factor de conversión de las plantas de generación Alto Anchicayá, Salvajina, Prado y Calima.
Que el Comité de Operación en la reunión 324 del 27 de junio de 2019 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación de los cambios en el factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima así:
Central | Parámetro | Valor anterior (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
Salvajina | Factor de conversión | 0.9842 | 0.8483 |
Alto Anchicayá | 3.9061 | 3.5755 | |
Prado | 0.4826 | 0.4783 | |
Calima | 1.8501 | 1.8322 |
Aprobar la incorporación de los cambios en las ecuaciones de cálculo de la función de factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima así:
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 3 de julio de 2019 para la operación del 4 de julio de 2019.
Aprobar la incorporación de los cambios en el factor de conversión de las plantas de generación Salvajina, Alto Anchicayá, Prado y Calima así:
Central | Parámetro | Valor anterior (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
Salvajina | Factor de conversión | 0.9842 | 0.8483 |
Alto Anchicayá | 3.9061 | 3.5755 | |
Prado | 0.4826 | 0.4783 | |
Calima | 1.8501 | 1.8322 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 3 de julio de 2019 para la operación del 4 de julio de 2019.
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