Acuerdo 1252 Por el cual se aprueba la actualización de información de unos parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Río Grande II | ||
Acuerdo Número:
1252 |
Fecha de expedición:
5 Diciembre, 2019 |
Fecha de entrada en vigencia:
10 Diciembre, 2019 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su reglamento interno y según lo aprobado en la reunión No. 577 del 5 de diciembre de 2019, y |
Que mediante el Acuerdo 565 de 2012 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses utilizados directa o indirectamente para la generación de energía eléctrica.
Que en el artículo 2 de Acuerdo 565 de 2012 se establece: “Los resultados de las mediciones de batimetría tendrán una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la finalización de los trabajos de campo”.
Que EPM realizó el levantamiento batimétrico para el embalse Riogrande II entre los días 5 de junio y 25 de julio de 2019.
Que mediante el Acuerdo 758 del 4 de junio de 2015 se aprobó la actualización de la información de los parámetros técnicos relacionados con los volúmenes del embalse Río Grande II.
Que EPM E.S.P. mediante comunicación 201944024105-3 del 18 de octubre de 2019, solicitó a XM su concepto sobre los cambios de los parámetros técnicos del embalse Río Grande II, como resultado de la actualización de la batimetría realizada.
Que XM mediante comunicación 018486-1 del 28 de octubre de 2019 dio su concepto favorable a la solicitud de cambio de parámetros técnicos del embalse Río Grande II.
Que EPM E.S.P. presentó los resultados de la batimetría del embalse Río Grande II realizada con tecnología multihaz, en la reunión 380 del 14 de noviembre de 2019 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables, e indicó que, como consecuencia de éstas, se modifican los siguientes parámetros del embalse Amaní: Volumen Total, Volumen Máximo Técnico, Volumen Útil, Volumen Mínimo Técnico y Volumen Muerto.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables en su reunión 381 del 25 de noviembre de 2019 dio su concepto favorable a la solicitud de modificación de los parámetros técnicos del embalse Río Grande II.
Que el Comité de Operación en la reunión 334 del 28 de noviembre de 2019 recomendó al CNO la aprobación y expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 565 de 2012 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses utilizados directa o indirectamente para la generación de energía eléctrica.
Que en el artículo 2 de Acuerdo 565 de 2012 se establece: “Los resultados de las mediciones de batimetría tendrán una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la finalización de los trabajos de campo”.
Que EPM realizó el levantamiento batimétrico para el embalse Riogrande II entre los días 5 de junio y 25 de julio de 2019.
Que mediante el Acuerdo 758 del 4 de junio de 2015 se aprobó la actualización de la información de los parámetros técnicos relacionados con los volúmenes del embalse Río Grande II.
Que EPM E.S.P. mediante comunicación 201944024105-3 del 18 de octubre de 2019, solicitó a XM su concepto sobre los cambios de los parámetros técnicos del embalse Río Grande II, como resultado de la actualización de la batimetría realizada.
Que XM mediante comunicación 018486-1 del 28 de octubre de 2019 dio su concepto favorable a la solicitud de cambio de parámetros técnicos del embalse Río Grande II.
Que EPM E.S.P. presentó los resultados de la batimetría del embalse Río Grande II realizada con tecnología multihaz, en la reunión 380 del 14 de noviembre de 2019 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables, e indicó que, como consecuencia de éstas, se modifican los siguientes parámetros del embalse Amaní: Volumen Total, Volumen Máximo Técnico, Volumen Útil, Volumen Mínimo Técnico y Volumen Muerto.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables en su reunión 381 del 25 de noviembre de 2019 dio su concepto favorable a la solicitud de modificación de los parámetros técnicos del embalse Río Grande II.
Que el Comité de Operación en la reunión 334 del 28 de noviembre de 2019 recomendó al CNO la aprobación y expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la actualización de la información correspondiente a los parámetros de Volumen Total, Volumen Máximo Técnico, Volumen Útil, Volumen Mínimo Técnico y Volumen Muerto para el embalse Río Grande II, tal como se indica a continuación:
Volumenes característicos Río Grande (Mm³) | ||
Parámetro | Valor anterior | Valor nuevo |
Volumen muerto | 55.43 | 51.51 |
Volumen mínimo técnico | 48.81 | 47.93 |
Volumen útil | 137.06 | 138.78 |
Volumen máximo técnico | 185.87 | 186.71 |
Volumen Total | 241.30 | 238.22 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 9 de diciembre de 2019 para la operación del 10 de diciembre de 2019.
Aprobar la actualización de la información correspondiente a los parámetros de Volumen Total, Volumen Máximo Técnico, Volumen Útil, Volumen Mínimo Técnico y Volumen Muerto para el embalse Río Grande II, tal como se indica a continuación:
Volumenes característicos Río Grande (Mm³) | ||
Parámetro | Valor anterior | Valor nuevo |
Volumen muerto | 55.43 | 51.51 |
Volumen mínimo técnico | 48.81 | 47.93 |
Volumen útil | 137.06 | 138.78 |
Volumen máximo técnico | 185.87 | 186.71 |
Volumen Total | 241.30 | 238.22 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 9 de diciembre de 2019 para la operación del 10 de diciembre de 2019.
Para más información, descargue a continuación los siguientes archivos: