Acuerdo 1262 Por el cual se aprueba la incorporación de un cambio en el factor de conversión de la planta de generación Amoyá | ||
Acuerdo Número:
1262 |
Fecha de expedición:
16 Enero, 2020 |
Fecha de entrada en vigencia:
21 Enero, 2020 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento interno y según lo aprobado en la reunión N° 583 del 16 de enero de 2020, y |
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó el protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas.
Que mediante el Acuerdo 708 de 2014 se aprobó la incorporación de un cambio en el Factor de Conversión de la planta de generación Amoyá La Esperanza, el cual está vigente hasta el 31 de enero de 2020.
Que ISAGEN S.A. E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 497 de 2010, mediante comunicación 201944027885-3 del 28 de noviembre de 2019, solicitó la actualización del factor de conversión de la planta de generación Amoyá como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 694 de 2014.
Que ISAGEN S.A. E.S.P. mediante la comunicación E-2019-011522 del 10 de diciembre de 2019 y el CNO hacen las siguientes aclaraciones a la solicitud de modificación del factor de conversión de la planta de generación Amoyá:
- En la reunión 251 del Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas SH y PH, ISAGEN reportó el siguiente valor del factor de conversión auditado por Ingetec, de la planta de generación Amoyá: 4.8609 (MW/m3/s). Producto de los comentarios del SH y PH, ISAGEN revisó la información y recalculó el valor del factor de conversión así: 4.8864 (MW/m3/s), el cual fue presentado al SH y PH, el cual dio concepto favorable en la reunión 264 del SH y PH.
- ISAGEN mediante comunicación E-2014-006616 indicó a XM que el valor de factor de conversión era 4.8664 (MW/m3/s) y mediante comunicación E-2014-006731 corrigió el valor antes reportado, indicando que el valor del factor de conversión era 4.8864 (MW/m3/s).
- XM mediante comunicación 009930 del 3 de octubre de 2014 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de la planta de generación Amoyá, señalando el siguiente valor: 4.8664 (MW/m3/s).
- Con base en lo anterior, el CNO expidió el Acuerdo 708 del 6 de noviembre de 2014, con un valor de factor de conversión de 4.8664 (MW/m3/s).
- ISAGEN durante la declaración de parámetros para le Cargo por Confiabilidad del año 2015 reportó como valor del factor de conversión 4.8609 (MW/m3/s) y es el valor que desde entonces se encuentra en el PARATEC.
Que XM mediante comunicación 021975-1 del 12 de diciembre de 2019 emitió concepto favorable a la solicitud de cambio del parámetro factor de conversión de la central de generación Amoyá, teniendo en cuenta que cumplió con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente y resaltando que en la solicitud de actualización del factor de conversión recibida bajo la comunicación 201944027885-3 del 28 de noviembre de 2019 se declaró como valor del factor de conversión 4.8864 MW/m3/s, el cual no corresponde al valor considerado en el planeamiento energético por parte del CND (4.8609 MW/m3/s) y que fue el declarado por ISAGEN a la CREG según lo indicado en las Circulares CREG 144 de 2015, 063 de 2018 y 027 de 2019.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables - SURER y el Subcomité de Plantas en las reuniones 382 y 303 del 12 y 18 de diciembre de 2019 respectivamente, dieron su concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de la planta de generación Amoyá.
Que el Comité de Operación en la reunión 336 del 19 de diciembre de 2019 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 694 de 2014 se aprobó el protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas.
Que mediante el Acuerdo 708 de 2014 se aprobó la incorporación de un cambio en el Factor de Conversión de la planta de generación Amoyá La Esperanza, el cual está vigente hasta el 31 de enero de 2020.
Que ISAGEN S.A. E.S.P. siguiendo el procedimiento previsto en el Acuerdo 497 de 2010, mediante comunicación 201944027885-3 del 28 de noviembre de 2019, solicitó la actualización del factor de conversión de la planta de generación Amoyá como resultado de la aplicación del protocolo del Acuerdo 694 de 2014.
Que ISAGEN S.A. E.S.P. mediante la comunicación E-2019-011522 del 10 de diciembre de 2019 y el CNO hacen las siguientes aclaraciones a la solicitud de modificación del factor de conversión de la planta de generación Amoyá:
- En la reunión 251 del Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas SH y PH, ISAGEN reportó el siguiente valor del factor de conversión auditado por Ingetec, de la planta de generación Amoyá: 4.8609 (MW/m3/s). Producto de los comentarios del SH y PH, ISAGEN revisó la información y recalculó el valor del factor de conversión así: 4.8864 (MW/m3/s), el cual fue presentado al SH y PH, el cual dio concepto favorable en la reunión 264 del SH y PH.
- ISAGEN mediante comunicación E-2014-006616 indicó a XM que el valor de factor de conversión era 4.8664 (MW/m3/s) y mediante comunicación E-2014-006731 corrigió el valor antes reportado, indicando que el valor del factor de conversión era 4.8864 (MW/m3/s).
- XM mediante comunicación 009930 del 3 de octubre de 2014 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de la planta de generación Amoyá, señalando el siguiente valor: 4.8664 (MW/m3/s).
- Con base en lo anterior, el CNO expidió el Acuerdo 708 del 6 de noviembre de 2014, con un valor de factor de conversión de 4.8664 (MW/m3/s).
- ISAGEN durante la declaración de parámetros para le Cargo por Confiabilidad del año 2015 reportó como valor del factor de conversión 4.8609 (MW/m3/s) y es el valor que desde entonces se encuentra en el PARATEC.
Que XM mediante comunicación 021975-1 del 12 de diciembre de 2019 emitió concepto favorable a la solicitud de cambio del parámetro factor de conversión de la central de generación Amoyá, teniendo en cuenta que cumplió con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente y resaltando que en la solicitud de actualización del factor de conversión recibida bajo la comunicación 201944027885-3 del 28 de noviembre de 2019 se declaró como valor del factor de conversión 4.8864 MW/m3/s, el cual no corresponde al valor considerado en el planeamiento energético por parte del CND (4.8609 MW/m3/s) y que fue el declarado por ISAGEN a la CREG según lo indicado en las Circulares CREG 144 de 2015, 063 de 2018 y 027 de 2019.
Que el Subcomité de Recursos Energéticos Renovables - SURER y el Subcomité de Plantas en las reuniones 382 y 303 del 12 y 18 de diciembre de 2019 respectivamente, dieron su concepto favorable a la solicitud de modificación del factor de conversión de la planta de generación Amoyá.
Que el Comité de Operación en la reunión 336 del 19 de diciembre de 2019 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio en el factor de conversión de la planta de generación Amoyá así:
Central | Parámetro | Valor anterior (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
Amoyá | Factor de Conversión | 4.8609 | 4.7978 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 20 de enero de 2020 para la operación del 21 de enero de 2020.
Aprobar la incorporación del siguiente cambio en el factor de conversión de la planta de generación Amoyá así:
Central | Parámetro | Valor anterior (MW/m3/s) | Valor nuevo (MW/m3/s) |
Amoyá | Factor de Conversión | 4.8609 | 4.7978 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 20 de enero de 2020 para la operación del 21 de enero de 2020.
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