Acuerdo 1399 Por el cual se modifica el valor de estatismo de las unidades de generación 1 a 3 de la planta Porce II | ||
Acuerdo Número:
1399 |
Fecha de expedición:
4 Febrero, 2021 |
Fecha de entrada en vigencia:
9 Febrero, 2021 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión no presencial No. 629 del 4 de febrero de 2021 y, |
Que en cumplimiento del Acuerdo 843 de 2016, EPM E.S.P. solicitó el cambio de los parámetros técnicos y los sistemas de control asociados a los generadores de las unidades de la planta de generación Porce II.
Que mediante el Acuerdo 1173 de 2019 se aprobó la incorporación de un cambio de los parámetros técnicos y los sistemas de control asociados a las unidades de la planta de generación Porce II, dentro de los cuales se incluyó el valor de estatismo de las unidades de la planta.
Que la empresa EPM E.S.P. realizó las pruebas de estatismo y banda muerta según lo previsto en el Acuerdo 1122 de 2018 y presentó los resultados de estos valores, los cuales fueron certificados mediante el Acuerdo 1189 de 2019.
Que en el artículo 5 del Acuerdo 1361 de 2020 se estableció lo siguiente:
"Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de expedición del presente Acuerdo, el CND enviará a cada uno de los agentes generadores los parámetros técnicos de plantas y unidades que se encuentran declarados actualmente ante el CND, para su respectiva revisión y validación.
Vencido el plazo anterior, los agentes generadores en los siguientes treinta (30) días calendario deberán indicar en una carta dirigida al CND si la información reportada está correcta, y en caso de ser necesaria la modificación de un parámetro técnico, deberá indicarlo en los formatos del Anexo 4 del presente Acuerdo, con excepción de la modificación de aquellos parámetros que deben surtir un procedimiento particular previsto en los Acuerdos del CNO, para lo cual se deberá seguir el procedimiento establecido en el Acuerdo 1299 de 2020 o aquel que lo modifique o sustituya."
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1299 de 2020, EPM E.S.P. solicitó la modificación del valor del estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generación Porce II reportado con el Acuerdo 1173 de 2019, con el resultado de las pruebas de estatismo que fueron certificados por el Acuerdo 1189 de 2019.
Que XM mediante comunicación 202044023935-1 del 27 de noviembre de 2020 dio concepto favorable a la modificación de los valores de estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generación Porce II, porque cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 218 del 19 de enero de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del valor de estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generación Porce II.
Que el Comité de Operación en la reunión 359 del 28 de enero de 2021 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que en cumplimiento del Acuerdo 843 de 2016, EPM E.S.P. solicitó el cambio de los parámetros técnicos y los sistemas de control asociados a los generadores de las unidades de la planta de generación Porce II.
Que mediante el Acuerdo 1173 de 2019 se aprobó la incorporación de un cambio de los parámetros técnicos y los sistemas de control asociados a las unidades de la planta de generación Porce II, dentro de los cuales se incluyó el valor de estatismo de las unidades de la planta.
Que la empresa EPM E.S.P. realizó las pruebas de estatismo y banda muerta según lo previsto en el Acuerdo 1122 de 2018 y presentó los resultados de estos valores, los cuales fueron certificados mediante el Acuerdo 1189 de 2019.
Que en el artículo 5 del Acuerdo 1361 de 2020 se estableció lo siguiente:
"Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de expedición del presente Acuerdo, el CND enviará a cada uno de los agentes generadores los parámetros técnicos de plantas y unidades que se encuentran declarados actualmente ante el CND, para su respectiva revisión y validación.
Vencido el plazo anterior, los agentes generadores en los siguientes treinta (30) días calendario deberán indicar en una carta dirigida al CND si la información reportada está correcta, y en caso de ser necesaria la modificación de un parámetro técnico, deberá indicarlo en los formatos del Anexo 4 del presente Acuerdo, con excepción de la modificación de aquellos parámetros que deben surtir un procedimiento particular previsto en los Acuerdos del CNO, para lo cual se deberá seguir el procedimiento establecido en el Acuerdo 1299 de 2020 o aquel que lo modifique o sustituya."
Que siguiendo el procedimiento para solicitar el cambio de parámetros técnicos de las plantas de generación del Acuerdo 1299 de 2020, EPM E.S.P. solicitó la modificación del valor del estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generación Porce II reportado con el Acuerdo 1173 de 2019, con el resultado de las pruebas de estatismo que fueron certificados por el Acuerdo 1189 de 2019.
Que XM mediante comunicación 202044023935-1 del 27 de noviembre de 2020 dio concepto favorable a la modificación de los valores de estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generación Porce II, porque cumple con los procedimientos establecidos en la reglamentación vigente.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 218 del 19 de enero de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de modificación del valor de estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generación Porce II.
Que el Comité de Operación en la reunión 359 del 28 de enero de 2021 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la modificación del valor de estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generacion Porce II como sigue a continuación:
Parámetro a modificar | Unidad | Valor anterior (p.u) | Valor nuevo (p.u) | Valor nuevo % |
Estatismo | Unidad 1 de Porce II | 0.1 | 0.0452 | 4.52 |
Unidad 2 de Porce II | 0.11 | 0.0497 | 4.97 | |
Unidad 3 de PorceII | 0.11 | 0.0497 | 4.97 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 8 de febrero de 2021 para la operación del 9 de febrero de 2021.
Aprobar la modificación del valor de estatismo de las unidades 1 a 3 de la planta de generacion Porce II como sigue a continuación:
Parámetro a modificar | Unidad | Valor anterior (p.u) | Valor nuevo (p.u) | Valor nuevo % |
Estatismo | Unidad 1 de Porce II | 0.1 | 0.0452 | 4.52 |
Unidad 2 de Porce II | 0.11 | 0.0497 | 4.97 | |
Unidad 3 de PorceII | 0.11 | 0.0497 | 4.97 |
El presente Acuerdo rige a partir del despacho que se realizará el 8 de febrero de 2021 para la operación del 9 de febrero de 2021.
Para más información, descargue a continuación los siguientes archivos: