Acuerdo 1417 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa | ||
Acuerdo Número:
1417 |
Fecha de expedición:
4 Marzo, 2021 |
Fecha de entrada en vigencia:
9 Marzo, 2021 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión número 632 del 4 de marzo de 2021 y, |
Que mediante el Acuerdo 1330 de 2020 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1330 de 2020 "(...) las pruebas de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta deberán realizarse como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la realización de la última prueba auditada.”
Que los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa estaban vigentes hasta el 31 de octubre de 2020, plazo que se amplió hasta el 27 de febrero de 2021 mediante el Acuerdo 1367 del 30 de octubre de 2020.
Que EMGESA S.A. E.S.P. solicitó en el Subcomité de Plantas la ampliación del plazo hasta el 30 de abril de 2021 para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa, debido a los inconvenientes presentados con el lavado químico de la caldera que no logró solucionar los problemas que se tenían, lo cual hizo necesario hacer una intervención mayor que está en ejecución. Adicionalmente, se tuvieron demoras con los suministros de los químicos del lavado, para la realización de la corrección de infiltraciones del aire APH, DNOx y el lavado químico de la caldera, sumado a las restricciones del auditor para su desplazamiento por las medidas preventivas por el COVID 19.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 327 del 17 de febrero de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa, hasta el 30 de abril de 2021.
Que el Comité de Operación en la reunión 360 del 25 de febrero de 2021 dio concepto favorable a la nueva ampliación y recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 1330 de 2020 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1330 de 2020 "(...) las pruebas de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta deberán realizarse como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la realización de la última prueba auditada.”
Que los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa estaban vigentes hasta el 31 de octubre de 2020, plazo que se amplió hasta el 27 de febrero de 2021 mediante el Acuerdo 1367 del 30 de octubre de 2020.
Que EMGESA S.A. E.S.P. solicitó en el Subcomité de Plantas la ampliación del plazo hasta el 30 de abril de 2021 para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa, debido a los inconvenientes presentados con el lavado químico de la caldera que no logró solucionar los problemas que se tenían, lo cual hizo necesario hacer una intervención mayor que está en ejecución. Adicionalmente, se tuvieron demoras con los suministros de los químicos del lavado, para la realización de la corrección de infiltraciones del aire APH, DNOx y el lavado químico de la caldera, sumado a las restricciones del auditor para su desplazamiento por las medidas preventivas por el COVID 19.
Que el Subcomité de Plantas en la reunión 327 del 17 de febrero de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa, hasta el 30 de abril de 2021.
Que el Comité de Operación en la reunión 360 del 25 de febrero de 2021 dio concepto favorable a la nueva ampliación y recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la realización de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa hasta el 30 de abril de 2021 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la realización de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la unidad 3 de la planta de generación Termozipa hasta el 30 de abril de 2021 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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