Acuerdo 1570 Por el cual se certifican las pruebas de estatismo y banda muerta de la planta Meriléctrica | ||
Acuerdo Número:
1570 |
Fecha de expedición:
2 Junio, 2022 |
Fecha de entrada en vigencia:
7 Junio, 2022 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 669 del 2 de junio de 2022 y, |
Que de acuerdo con el artículo tercero de la Resolución CREG 023 de 2001 “Por la cual se modifican y adicionan las disposiciones contenidas en la Resolución CREG-025 de 1995, aplicables al servicio de Regulación Primaria de Frecuencia”: “Las unidades y plantas del Sistema deben garantizar el valor de estatismo declarado al Centro Nacional de Despacho (CND). Se debe efectuar la prueba de estatismo especificada en el Numeral 7.5.2 Prueba de Estatismo con la periodicidad establecida y procedimientos establecidos por el CNO.”
Que en el artículo 4o de la Resolución CREG 023 de 2001 se prevé: "ARTÍCULO 4o. Reserva Rodante, Banda Muerta y Estatismo. (...) "Para una adecuada calidad de la frecuencia, las unidades generadoras deberán tener una Banda Muerta de respuesta a los cambios de frecuencia menor o igual a 30 mHz. Este valor podrá ser revaluado por el CND cuando lo considere conveniente. El Estatismo de las unidades generadoras despachadas centralmente debe ser un valor entre el 4% y el 6%, el cual deberá ser declarado por el agente al CND."
Que mediante el Acuerdo 1500 del 2 de diciembre de 2021 se estableció la aplicabilidad, la periodicidad y los protocolos para la realización de las pruebas de estatismo y banda muerta de las plantas hidroeléctricas y térmicas despachadas centralmente.
Que según lo previsto en el artículo quinto del Acuerdo 1500 de 2021, la empresa CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. presentó en la reunión 244 del 17 de mayo de 2022 del Subcomité de Controles los resultados de las pruebas de estatismo y banda muerta de la planta Meriléctrica, actualizando la base de potencia en el cálculo del estatismo. Se aclara que estos resultados fueron presentados por CELSIA, con el fin de verificar los valores de estos parámetros tras un largo periodo de indisponibilidad de la unidad.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 244 del 17 de mayo de 2022 verificó el cumplimiento de la utilización de los protocolos previstos en el Anexo 1 del Acuerdo 1500 de 2021 y que los resultados de la prueba de estatimso y banda muerta de la planta Merilectrica están acorde con los parámetros definidos en la regulación vigente y le solicitó a CELSIA revisar el modelo declarado y armonizarlo con estos resultados, en caso de ser necesario.
Que el Comité de Operación en la reunión 384 del 1 de junio de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que de acuerdo con el artículo tercero de la Resolución CREG 023 de 2001 “Por la cual se modifican y adicionan las disposiciones contenidas en la Resolución CREG-025 de 1995, aplicables al servicio de Regulación Primaria de Frecuencia”: “Las unidades y plantas del Sistema deben garantizar el valor de estatismo declarado al Centro Nacional de Despacho (CND). Se debe efectuar la prueba de estatismo especificada en el Numeral 7.5.2 Prueba de Estatismo con la periodicidad establecida y procedimientos establecidos por el CNO.”
Que en el artículo 4o de la Resolución CREG 023 de 2001 se prevé: "ARTÍCULO 4o. Reserva Rodante, Banda Muerta y Estatismo. (...) "Para una adecuada calidad de la frecuencia, las unidades generadoras deberán tener una Banda Muerta de respuesta a los cambios de frecuencia menor o igual a 30 mHz. Este valor podrá ser revaluado por el CND cuando lo considere conveniente. El Estatismo de las unidades generadoras despachadas centralmente debe ser un valor entre el 4% y el 6%, el cual deberá ser declarado por el agente al CND."
Que mediante el Acuerdo 1500 del 2 de diciembre de 2021 se estableció la aplicabilidad, la periodicidad y los protocolos para la realización de las pruebas de estatismo y banda muerta de las plantas hidroeléctricas y térmicas despachadas centralmente.
Que según lo previsto en el artículo quinto del Acuerdo 1500 de 2021, la empresa CELSIA COLOMBIA S.A. E.S.P. presentó en la reunión 244 del 17 de mayo de 2022 del Subcomité de Controles los resultados de las pruebas de estatismo y banda muerta de la planta Meriléctrica, actualizando la base de potencia en el cálculo del estatismo. Se aclara que estos resultados fueron presentados por CELSIA, con el fin de verificar los valores de estos parámetros tras un largo periodo de indisponibilidad de la unidad.
Que el Subcomité de Controles en la reunión 244 del 17 de mayo de 2022 verificó el cumplimiento de la utilización de los protocolos previstos en el Anexo 1 del Acuerdo 1500 de 2021 y que los resultados de la prueba de estatimso y banda muerta de la planta Merilectrica están acorde con los parámetros definidos en la regulación vigente y le solicitó a CELSIA revisar el modelo declarado y armonizarlo con estos resultados, en caso de ser necesario.
Que el Comité de Operación en la reunión 384 del 1 de junio de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Certificar que las pruebas de estatismo y banda muerta de la planta Merilectrica fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en la regulación vigente y el Acuerdo 1500 de 2021, como se presenta en los Anexos del presente Acuerdo, que hacen parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Certificar que las pruebas de estatismo y banda muerta de la planta Merilectrica fueron realizadas de conformidad con lo dispuesto en la regulación vigente y el Acuerdo 1500 de 2021, como se presenta en los Anexos del presente Acuerdo, que hacen parte integral del mismo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.