Acuerdo 902 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales hidroeléctricas Paraíso y La Guaca | ||
Acuerdo Número:
902 |
Fecha de expedición:
1 Septiembre, 2016 |
Fecha de entrada en vigencia:
1 Septiembre, 2016 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 496 del 1 de septiembre de 2016 y, |
Que el Consejo aprobó la expedición del Acuerdo 901 del 1 de septiembre de 2016 “Por el cual se autoriza a EMGESA S.A. E.S.P. realizar las pruebas del factor de conversión de las plantas de generación Paraiso y La Guaca por un procedimiento excepcional al previsto en el Acuerdo 694 de 2014”.
Que los resultados de las pruebas del factor de conversión de las centrales Paraíso y La Guaca están vigentes hasta el 31 de octubre de 2016.
Que de acuerdo con el numeral 9.2 del Acuerdo 694 de 2014, por el cual se aprobó una modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas: “En el evento que una empresa prevea que por razones fuera de su control, no pudiese realizar todas las pruebas durante los últimos dieciocho (18) meses de vigencia de la curva disponible, deberá informar por escrito al Secretario Técnico del CNO, con una antelación no menor a 60 días calendario a la finalización de la vigencia de la curva, las razones por las cuales no pudo completar la realización de las pruebas y el plazo requerido.
El CNO, previo concepto del Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas, podrá ampliar por una vez mediante Acuerdo, el plazo para la realización de las pruebas hasta por (1) un año. El agente deberá realizar las pruebas faltantes utilizando los mismos percentiles con los cuales se realizó la primera prueba.”
Que con base en lo anterior, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó la ampliación del plazo para realizar las pruebas del factor de conversión de las centrales de generación Paraíso y La Guaca hasta el 31 de enero de 2017, teniendo en cuenta lo previsto en el Acuerdo 901 del 1 de septiembre de 2016 por el cual se le autorizó realizar las pruebas del factor de conversión de las plantas de generación Paraiso y La Guaca por un procedimiento excepcional al previsto en el Acuerdo 694 de 2014.
Que el Subcomité Hidrológico y el Subcomité de Plantas en las reuniones 301 del 12 de agosto de 2016 y 244 del 17 de agosto de 2016 respectivamente, dieron su concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo de EMGESA.
Que el Comité de Operación en la reunión 277 del 25 de agosto de 2016 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que el Consejo aprobó la expedición del Acuerdo 901 del 1 de septiembre de 2016 “Por el cual se autoriza a EMGESA S.A. E.S.P. realizar las pruebas del factor de conversión de las plantas de generación Paraiso y La Guaca por un procedimiento excepcional al previsto en el Acuerdo 694 de 2014”.
Que los resultados de las pruebas del factor de conversión de las centrales Paraíso y La Guaca están vigentes hasta el 31 de octubre de 2016.
Que de acuerdo con el numeral 9.2 del Acuerdo 694 de 2014, por el cual se aprobó una modificación del protocolo para la estimación del factor de conversión de plantas hidráulicas: “En el evento que una empresa prevea que por razones fuera de su control, no pudiese realizar todas las pruebas durante los últimos dieciocho (18) meses de vigencia de la curva disponible, deberá informar por escrito al Secretario Técnico del CNO, con una antelación no menor a 60 días calendario a la finalización de la vigencia de la curva, las razones por las cuales no pudo completar la realización de las pruebas y el plazo requerido.
El CNO, previo concepto del Subcomité Hidrológico y de Plantas Hidráulicas, podrá ampliar por una vez mediante Acuerdo, el plazo para la realización de las pruebas hasta por (1) un año. El agente deberá realizar las pruebas faltantes utilizando los mismos percentiles con los cuales se realizó la primera prueba.”
Que con base en lo anterior, EMGESA S.A. E.S.P. solicitó la ampliación del plazo para realizar las pruebas del factor de conversión de las centrales de generación Paraíso y La Guaca hasta el 31 de enero de 2017, teniendo en cuenta lo previsto en el Acuerdo 901 del 1 de septiembre de 2016 por el cual se le autorizó realizar las pruebas del factor de conversión de las plantas de generación Paraiso y La Guaca por un procedimiento excepcional al previsto en el Acuerdo 694 de 2014.
Que el Subcomité Hidrológico y el Subcomité de Plantas en las reuniones 301 del 12 de agosto de 2016 y 244 del 17 de agosto de 2016 respectivamente, dieron su concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo de EMGESA.
Que el Comité de Operación en la reunión 277 del 25 de agosto de 2016 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Ampliar hasta el 31 de enero de 2017 el plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales Paraíso y La Guaca y la vigencia del factor de conversión actual.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Ampliar hasta el 31 de enero de 2017 el plazo para la realización de las pruebas del factor de conversión de las centrales Paraíso y La Guaca y la vigencia del factor de conversión actual.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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