Acuerdo 907 Por el cual se aprueba una ampliación del plazo para la entrega de la actualización de las series hidrológicas Cucuana y San Marcos de la central Cucuana para los años 2014 y 2015 | ||
Acuerdo Número:
907 |
Fecha de expedición:
3 Noviembre, 2016 |
Fecha de entrada en vigencia:
3 Noviembre, 2016 |
Sustituye Acuerdo: | ||
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo acordado en la reunión No. 500 del 3 de noviembre de 2016 y, |
Que en el artículo primero del Acuerdo 10 de 1999 se prevé que “Todos los agentes hidráulicos deben enviar al CND, a más tardar el tercer mes de cada año, las series hidrológicas de caudales históricos oficiales (medias mensuales afluentes a los embalses) actualizadas a diciembre del año inmediatamente anterior. Esta actualización deberá estar acompañada de un informe de soporte. Esta información será almacenada en la base de datos del CND como información historica.”
Que el Acuerdo CNO 159 de 2001 aprobó el procedimiento de actualización y modificación de la información hidrológica.
Que el CNO expidió el 1 de abril de 2016 el Acuerdo 860 por el cual se aprobó la ampliación del plazo para la entrega de la actualización de las series hidrológicas de las centrales Cucuana, Alto Tuluá, Bajo Tuluá, Río FrÍo 2, Río Piedras y Montañitas hasta el 30 de septiembre de 2016.
Que EPSA S.A. E.S.P. en la reunión 303 del 8 de septiembre de 2016 del Subcomité Hidrológico solicitó un plazo de 6 meses para la entrega de los informes finales con los resultados de la actualización de las series de caudales medios de las centrales hidroeléctricas Cucuana, Alto Tuluá, Bajo Tuluá, Río FrÍo 2, Río Piedras y Montañitas, teniendo en cuenta que fue necesario cambiar la metodología para el tramo de la serie que está en reconstrucción hasta diciembre de 2015, lo cual conlleva a conseguir información de estaciones vecinas que actualmente no están disponibles en el IDEAM sino posiblemente a finales de diciembre de 2016. El cambio de la metodología para completar la serie a 2015 se debe a que la estación base El Diamante, empleada para la definición de la serie presentada en la subasta y aprobada por el Subcomité Hidrológico no posee información desde diciembre de 2013.
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Que el Subcomité Hidrológico en la reunión 303 del 8 de septiembre de 2016 recomendó no expedir un acuerdo de ampliación de plazo para la entrega de las series de las centrales Alto Tuluá, Bajo Tuluá, Río FrÍo 2, Río Piedras y Montañitas teniendo en cuenta que actualmente pasaron a ser plantas no despachadas centralmente y dió su concepto favorable a la expedición de un acuerdo por el cual se aprobara la ampliación del plazo de 6 meses para la presentación de la actualización de las series hidrológicas de la central Cucuana y en la reunión 305 del 13 de octubre de 2016 dió su concepto favorable a la expedición del acuerdo de actualización de las series hidrológicas de la central Cucuana por el periodo 2001 hasta el año 2013.
Que en la reunión 305 del 13 de octubre de 2016 del Subcomité Hidrológico, EPSA presentó la actualización de las series hidrológicas Cucuana y San Marcos de la central Cucuana por el periodo 2001 hasta el año 2013 siguiendo la metodología avalada previamente por el subcomité.
Que el Comité de Operación en la reunión 284 del 27 de octubre de 2016 recomendó al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Que en el artículo primero del Acuerdo 10 de 1999 se prevé que “Todos los agentes hidráulicos deben enviar al CND, a más tardar el tercer mes de cada año, las series hidrológicas de caudales históricos oficiales (medias mensuales afluentes a los embalses) actualizadas a diciembre del año inmediatamente anterior. Esta actualización deberá estar acompañada de un informe de soporte. Esta información será almacenada en la base de datos del CND como información historica.”
Que el Acuerdo CNO 159 de 2001 aprobó el procedimiento de actualización y modificación de la información hidrológica.
Que el CNO expidió el 1 de abril de 2016 el Acuerdo 860 por el cual se aprobó la ampliación del plazo para la entrega de la actualización de las series hidrológicas de las centrales Cucuana, Alto Tuluá, Bajo Tuluá, Río FrÍo 2, Río Piedras y Montañitas hasta el 30 de septiembre de 2016.
Que EPSA S.A. E.S.P. en la reunión 303 del 8 de septiembre de 2016 del Subcomité Hidrológico solicitó un plazo de 6 meses para la entrega de los informes finales con los resultados de la actualización de las series de caudales medios de las centrales hidroeléctricas Cucuana, Alto Tuluá, Bajo Tuluá, Río FrÍo 2, Río Piedras y Montañitas, teniendo en cuenta que fue necesario cambiar la metodología para el tramo de la serie que está en reconstrucción hasta diciembre de 2015, lo cual conlleva a conseguir información de estaciones vecinas que actualmente no están disponibles en el IDEAM sino posiblemente a finales de diciembre de 2016. El cambio de la metodología para completar la serie a 2015 se debe a que la estación base El Diamante, empleada para la definición de la serie presentada en la subasta y aprobada por el Subcomité Hidrológico no posee información desde diciembre de 2013.
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Que el Subcomité Hidrológico en la reunión 303 del 8 de septiembre de 2016 recomendó no expedir un acuerdo de ampliación de plazo para la entrega de las series de las centrales Alto Tuluá, Bajo Tuluá, Río FrÍo 2, Río Piedras y Montañitas teniendo en cuenta que actualmente pasaron a ser plantas no despachadas centralmente y dió su concepto favorable a la expedición de un acuerdo por el cual se aprobara la ampliación del plazo de 6 meses para la presentación de la actualización de las series hidrológicas de la central Cucuana y en la reunión 305 del 13 de octubre de 2016 dió su concepto favorable a la expedición del acuerdo de actualización de las series hidrológicas de la central Cucuana por el periodo 2001 hasta el año 2013.
Que en la reunión 305 del 13 de octubre de 2016 del Subcomité Hidrológico, EPSA presentó la actualización de las series hidrológicas Cucuana y San Marcos de la central Cucuana por el periodo 2001 hasta el año 2013 siguiendo la metodología avalada previamente por el subcomité.
Que el Comité de Operación en la reunión 284 del 27 de octubre de 2016 recomendó al CNO la expedición del presente Acuerdo.
Ampliar hasta el 31 de marzo de 2017 el plazo de entrega de la información hidrológica de los años 2014 y 2015 de las series de caudales medios mensuales Cucuana y San Marcos de la central Cucuana .
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Ampliar hasta el 31 de marzo de 2017 el plazo de entrega de la información hidrológica de los años 2014 y 2015 de las series de caudales medios mensuales Cucuana y San Marcos de la central Cucuana .
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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