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Dando cumplimiento a lo previsto en el parágrafo 1 del artículo 16 de la Resolución CREG 174 de 2021, el Consejo Nacional de Operación - CNO y el Comité Asesor de Comercialización - CAC, enviaron a los operadores de red el 2 de diciembre de 2021 una comunicación solictando el envío de las minutas de los contratos de conexión.

 

De manera atenta se reitera la solicitud de envío de las minutas de los contratos de conexión de que trata la Resolución CREG 174 de 2021, como se presentan en el artículo 16:

 

“Artículo 16. Contrato de conexión. Los contratos de conexión entre el AGPE, el AGGE o el GD y el OR serán necesarios sólo en los siguientes casos:

a) En caso de que por solicitud del AGPE, del AGGE o del GD, los activos de conexión los suministre o instale el OR. El costo de estos activos se establecerá de mutuo acuerdo entre las partes.

b) En caso de que se tenga que aumentar la capacidad de la red por aplicación del artículo 17 de esta resolución.” (…)

De acuerdo con lo previsto en el parágrafo 1 del mismo artículo la CREG asignó al CNO y al CAC la siguiente tarea:

“Parágrafo 1. Durante los dos (2) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente resolución, los OR entregarán al CNO y al Comité Asesor de Comercialización (CAC) la minuta correspondiente a proyectos de los que trata esta resolución que se utilizarían para suscribir contratos de conexión con los interesados en conectarse a los sistemas de los cuales son responsables.

Para lo anterior solo se deberán tener en cuenta las causales mencionadas en este artículo y debe dividirse en contratos tipo por capacidad nominal o instalada (CI), así: CI menor a 10 kW; CI mayor o igual a 10 kW y menor o igual a 100 kW; CI mayor a 100 kW y menor o igual a 1 MW; o para AGGE con potencia máxima declarada menor a 5 MW.” (…)

 

Las minutas correspondientes a los proyectos de que trata la Resolución CREG 174 de 2021 deben ser enviadas en formato pdf, al siguiente correo electrónico: pgomez@cno.org.co, hasta el 23 de enero de 2022.


Secretario Técnico - Alberto Olarte Aguirre