Acuerdo 1488 Por el cual se aprueba la modificación de la información de la serie hidrológica Carlos Lleras Restrepo | ||
Acuerdo Número:
1488 |
Fecha de expedición:
22 Noviembre, 2021 |
Fecha de entrada en vigencia:
22 Noviembre, 2021 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento interno y según lo aprobado en la reunión extraordinaria No. 653 del 22 de noviembre de 2021 |
Que mediante el Acuerdo CNO 1420 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que en el numeral 5.2.2 del Acuerdo 1420 del 4 de marzo de 2021 se prevé que:
"El agente que solicite la modificación de la información hidrológica inicial o histórica debe presentar la modificación en la reunión del SURER y entregar el documento soporte de la solicitud y el borrador del acuerdo por el cual se apruebe la modificación de la información hidrológica inicial o histórica.
Si el SURER está de acuerdo con la justificación de la solicitud de modificación de la información hidrológica inicial o histórica, dejará constancia en el acta de reunión y dará su concepto técnico favorable a la expedición del acuerdo por el cual se aprueba la modificación de la información hidrológica inicial o histórica y lo remitirá al CO. El CO revisará el acuerdo y dará su recomendación al CNO de expedición del acuerdo correspondiente." (...)
Que la empresa Hidroeléctrica del Alto Porce S.A.S. E.S.P. presentó en la reunión extraordinaria No 445 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables-SURER del 28 de octubre de 2021, la solicitud de modificación de la serie hidrológica de la central Carlos Lleras Restrepo para el período Junio 1972 - Diciembre 2017, en consideración a que la metodología de cálculo aprobada para la serie de Carlos Lleras Restrepo tiene como datos de entrada la información de la serie hidrológica Porce 2 y que la modificación que EPM hizo a la serie hidrológica Porce 2 tuvo concepto favorable en la reunión 443 del 14 de octubre de 2021 del SURER.
Que el SURER en la reunión extraordinaria 445 del 28 de octubre de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de la serie hidrológica Carlos Lleras Restrepo.
Que el Comité de Operación en la reunión extraordinaria 372 del 18 de noviembre de 2021 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo CNO 1420 se aprobaron los procedimientos para la oficialización, modificación, actualización y reporte de la información hidrológica de los ríos del SIN y los plazos de envío de la información hidrológica de los agentes generadores hidráulicos del SIN.
Que en el numeral 5.2.2 del Acuerdo 1420 del 4 de marzo de 2021 se prevé que:
"El agente que solicite la modificación de la información hidrológica inicial o histórica debe presentar la modificación en la reunión del SURER y entregar el documento soporte de la solicitud y el borrador del acuerdo por el cual se apruebe la modificación de la información hidrológica inicial o histórica.
Si el SURER está de acuerdo con la justificación de la solicitud de modificación de la información hidrológica inicial o histórica, dejará constancia en el acta de reunión y dará su concepto técnico favorable a la expedición del acuerdo por el cual se aprueba la modificación de la información hidrológica inicial o histórica y lo remitirá al CO. El CO revisará el acuerdo y dará su recomendación al CNO de expedición del acuerdo correspondiente." (...)
Que la empresa Hidroeléctrica del Alto Porce S.A.S. E.S.P. presentó en la reunión extraordinaria No 445 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables-SURER del 28 de octubre de 2021, la solicitud de modificación de la serie hidrológica de la central Carlos Lleras Restrepo para el período Junio 1972 - Diciembre 2017, en consideración a que la metodología de cálculo aprobada para la serie de Carlos Lleras Restrepo tiene como datos de entrada la información de la serie hidrológica Porce 2 y que la modificación que EPM hizo a la serie hidrológica Porce 2 tuvo concepto favorable en la reunión 443 del 14 de octubre de 2021 del SURER.
Que el SURER en la reunión extraordinaria 445 del 28 de octubre de 2021 dio concepto favorable a la solicitud de modificación de la serie hidrológica Carlos Lleras Restrepo.
Que el Comité de Operación en la reunión extraordinaria 372 del 18 de noviembre de 2021 recomendó al Consejo la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la modificación de la serie hidrológica Carlos Lleras Restrepo para el periodo junio de 1972 a diciembre de 2017, de acuerdo con lo previsto en el Anexo del presente Acuerdo, que hace parte integral del mismo.
Las modificaciones de que trata el presente Acuerdo, actualizan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas en conjunto como las series hidrológicas históricas a ser utilizadas en el planeamiento energético indicativo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la modificación de la serie hidrológica Carlos Lleras Restrepo para el periodo junio de 1972 a diciembre de 2017, de acuerdo con lo previsto en el Anexo del presente Acuerdo, que hace parte integral del mismo.
Las modificaciones de que trata el presente Acuerdo, actualizan las series hidrológicas avaladas mediante Acuerdos CNO anteriores y serán consideradas en conjunto como las series hidrológicas históricas a ser utilizadas en el planeamiento energético indicativo.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.