Acuerdo 1653 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo para la realización de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Cartagena 2 | ||
Acuerdo Número:
1653 |
Fecha de expedición:
12 Enero, 2023 |
Fecha de entrada en vigencia:
12 Enero, 2023 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 36 de la ley 143 de 1994, el anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995 y su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 691 del 12 de enero de 2023 y, |
Que mediante el Acuerdo 1615 de 2022 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1615 de 2022 "(...) las pruebas de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta deberán realizarse como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la realización de la última prueba auditada.”
Que los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Cartagena 2 están vigentes hasta el 9 de febrero de 2023.
Que ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. solicitó en la reunion extraordinaria 356 del 15 de diciembre de 2022 del Subcomité de Plantas la ampliación del plazo para la realización de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta Cartagena, hasta el 31 de marzo de 2023, debido a la rotura de la caldera durante la ejecución de la prueba.
Que el Subcomité de Plantas en la reunion extraordinaria 356 del 15 de diciembre de 2022 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Cartagena, hasta el 31 de marzo de 2023.
Que el Comité de Operación en la reunión 398 del 15 de diciembre de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 1615 de 2022 se aprobó el “Procedimiento para realizar la prueba de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta de las plantas térmicas del SIN” y se fijó la periodicidad de realización de las mismas.
Que de acuerdo con lo previsto en el Acuerdo 1615 de 2022 "(...) las pruebas de consumo térmico específico neto y capacidad efectiva neta deberán realizarse como máximo cada cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la realización de la última prueba auditada.”
Que los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Cartagena 2 están vigentes hasta el 9 de febrero de 2023.
Que ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. solicitó en la reunion extraordinaria 356 del 15 de diciembre de 2022 del Subcomité de Plantas la ampliación del plazo para la realización de la prueba de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta Cartagena, hasta el 31 de marzo de 2023, debido a la rotura de la caldera durante la ejecución de la prueba.
Que el Subcomité de Plantas en la reunion extraordinaria 356 del 15 de diciembre de 2022 dio concepto favorable a la solicitud de ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Cartagena, hasta el 31 de marzo de 2023.
Que el Comité de Operación en la reunión 398 del 15 de diciembre de 2022 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Cartagena hasta el 31 de marzo de 2023 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de capacidad efectiva neta y consumo térmico específico de la planta de generación Cartagena hasta el 31 de marzo de 2023 y ampliar la vigencia de los resultados actuales hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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