Acuerdo 1735 Por el cual se aprueba la ampliación del plazo de la vigencia de los resultados de la batimetría del embalse Neusa | ||
Acuerdo Número:
1735 |
Fecha de expedición:
3 Agosto, 2023 |
Fecha de entrada en vigencia:
3 Agosto, 2023 |
Acuerdos relacionados: | ||
El Consejo Nacional de Operación en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Artículo 36 de la Ley 143 de 1994, el Anexo general de la Resolución CREG 025 de 1995, su Reglamento Interno y según lo aprobado en la reunión No. 710 del 3 de agosto de 2023, y |
Que mediante el Acuerdo 1287 de 2020 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente
Que los volúmenes característicos del embalse Neusa tienen vigencia hasta el 23 de marzo de 2023, teniendo en cuenta la fecha de finalización de los trabajos de campo de la última batimetría (levantamiento batimétrico y LiDAR).
Que mediante el Acuerdo 1639 de 2022 se aprobó la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de batimetría del embalse Neusa hasta el 23 de septiembre de 2023 y se amplió la vigencia de los resultados anteriores hasta l amisma fecha.
Que en la reunión 496 del 18 de julio de 2023 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables SURER, ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. solicitó una nueva ampliación del plazo para entregar los resultados de la batimetría del embalse Neusa, teniendo en cuenta que los niveles bajos del embalse no han permitido la captura batimétrica que garanticen el traslape con el Lidar que fue capturado el 12 de mayo de 2023, luego de un proceso de gestión administrativa y permisos con la Fuerza Aérea Colombiana-FAC y la Aerocivil; y que también, las condiciones de hidrología baja que se vienen registrando y que se prevé se mantengan, con el actual Fenómeno El Niño no permiten realizar las actividades topobatimétricas y procesamiento de datos en las fechas programadas.
Que el Comité de Operación en la reunión 411 del 27 de julio de 2023 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Que mediante el Acuerdo 1287 de 2020 se aprobó el procedimiento para la realización de las mediciones de batimetría en los embalses de las plantas despachadas centralmente
Que los volúmenes característicos del embalse Neusa tienen vigencia hasta el 23 de marzo de 2023, teniendo en cuenta la fecha de finalización de los trabajos de campo de la última batimetría (levantamiento batimétrico y LiDAR).
Que mediante el Acuerdo 1639 de 2022 se aprobó la ampliación del plazo para la presentación de los resultados de las pruebas de batimetría del embalse Neusa hasta el 23 de septiembre de 2023 y se amplió la vigencia de los resultados anteriores hasta l amisma fecha.
Que en la reunión 496 del 18 de julio de 2023 del Subcomité de Recursos Energéticos Renovables SURER, ENEL COLOMBIA S.A. E.S.P. solicitó una nueva ampliación del plazo para entregar los resultados de la batimetría del embalse Neusa, teniendo en cuenta que los niveles bajos del embalse no han permitido la captura batimétrica que garanticen el traslape con el Lidar que fue capturado el 12 de mayo de 2023, luego de un proceso de gestión administrativa y permisos con la Fuerza Aérea Colombiana-FAC y la Aerocivil; y que también, las condiciones de hidrología baja que se vienen registrando y que se prevé se mantengan, con el actual Fenómeno El Niño no permiten realizar las actividades topobatimétricas y procesamiento de datos en las fechas programadas.
Que el Comité de Operación en la reunión 411 del 27 de julio de 2023 recomendó la expedición del presente Acuerdo.
Aprobar la ampliación del plazo para la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Neusa hasta el 22 de septiembre de 2024 y ampliar la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
Aprobar la ampliación del plazo para la actualización de información de los parámetros técnicos de los volúmenes del embalse Neusa hasta el 22 de septiembre de 2024 y ampliar la vigencia de los resultados anteriores hasta la misma fecha.
El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.
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